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APRUEBAN INICIATIVAS PARA REGULAR REMUNERACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS

APRUEBAN INICIATIVAS PARA REGULAR REMUNERACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS

28 de Abril de 2014

Las Comisiones Unidas de Administración Pública Local y Asuntos Laborales y Previsión Social, de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, aprobaron el proyecto de dictamen sobre la iniciativa con proyecto de decreto, por la cual se crea la Ley de Remuneración de Servidores Públicos del Distrito Federal, anunció el Alejandro Piña Medina.

Esta iniciativa, formulada por el diputado Víctor Hugo Lobo Román, consiste, fundamentalmente, en garantizar que ningún servidor público reciba una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal.

Del mismo modo, ningún funcionario podrá tener un sueldo igual o mayor que su superior jerárquico, salvo que: el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos; y la remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo, derivadas de una labor técnica calificada o especializada.

Al respecto, puntualizó el diputado Alejandro Piña esta iniciativa se encuentra fundamentada en que los tres órdenes de gobierno están obligados a administrar los recursos que obtienen de los contribuyentes y de las demás fuentes de ingresos públicos, de forma eficiente, eficaz y transparente.

Como antecedente, mencionó que el Congreso de la Unión aprobó, el 28 de abril de 2009, reformas al artículo 127 constitucional para el establecimiento de la Ley de Salarios Máximos, la cual fija topes a las percepciones de los servidores públicos y cancela la posibilidad de recibir una remuneración mayor a la señalada para el Presidente de la República. En el mismo tenor, se insta a los entes obligados, a transparentar los sueldos recibidos.

Este decreto constitucional establece, en su artículo cuarto transitorio, que el Congreso de la Unión, las legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia, deberán expedir o adecuar la legislación, de conformidad con los términos del mismo, dentro de un plazo de 180 días naturales, siguientes a su entrada en vigor.

En virtud de lo anterior, es responsabilidad de este poder legislativo local expedir la ley en la materia, para la concreción de las bases normativas sobre las remuneraciones de los servidores públicos que laboran en la Ciudad de México, concluyó el legislador local.