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CREA ALDF LEY PARA LA PREVENCIÓN, TRATAMIENTO Y CONTROL DE DIABETES

CREA ALDF LEY PARA LA PREVENCIÓN, TRATAMIENTO Y CONTROL DE  DIABETES

29 de Abril de 2013

El Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad la creación de la Ley Para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal, que tiene por objeto prevenir, tratar y controlar esta enfermedad a través de la función de diversas instituciones y dependencias de los sectores público, privado y social, en el ámbito de su competencial local.

A nombre de la Comisión de Salud, el diputado Rodolfo Ondarza Rovira destacó que la diabetes tipo 2 sigue siendo la principal causa de enfermedades cardiovasculares, ceguera, falla renal terminal, amputaciones y hospitalizaciones.

Explicó que en países desarrollados, la mayoría de las personas con diabetes superan los 65 años de vida, en tanto que en países en desarrollo el grupo afectado mayormente es el de 35 a 64 años.

Al retomar más elementos de los considerandos del documento, el diputado explicó que en México la diabetes es ya la primera causa de muerte, con más de 75 mil defunciones al año; representa el 14 por ciento del total de fallecimientos en el país. Cifra que ha aumentado en las últimas décadas, ya que en 1990 se registraron 25 mil 733 defunciones, es decir, tres veces menos que en la actualidad.

En tanto el diputado panista Orlando Anaya, al referirse a la enfermedad, señaló que en México hay más de 7 millones de adultos con esta enfermedad, pero desgraciadamente la mitad no lo saben, situación que impide a las personas con este padecimiento a tomar las medidas necesarias para un tratamiento adecuado y un control que evite consecuencias irreversibles para la salud.

Dijo que tristemente aquellas personas que padecen esta enfermedad tienen pocos medios y poco dinero para atenderse. Pero actualmente en la red del Gobierno del Distrito Federal relacionada con la salud, se atienden a casi 47 mil pacientes con esta grave enfermedad.
Señaló que la Secretaría de Salud local estima que el 90 por ciento de los casos de esta enfermedad son derivadas por el sobrepeso y la obesidad, pero sobre todo por la mala alimentación.
Por ello, dijo, es importante estos esfuerzos que hoy se emprenden y que con el apoyo de cada uno de los 66 diputados y diputadas de esta Asamblea se logrará sacar adelante como una herramienta para el Gobierno de la Ciudad, pero sobre todo para los jóvenes, para los niños y para las personas que vean a largo plazo nuevas investigaciones, nuevos elementos y nuevos tratamientos para disminuir los riesgos de muerte por esta grave enfermedad.

Entre las principales actividades que prestarán la instituciones capitalinas, de acuerdo con esta ley, se encuentran la de prevenir, detectar, diagnosticar y tratar la diabetes en forma temprana; además de controlarla. Otras de sus tareas consistirá en contribuir a la prevención médica de sus complicaciones; además de orientar a la formación de una cultura del conocimiento, prevención, tratamiento y control de la enfermedad, a fin de permitir el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

El dictamen de la ley establece en 64 artículos y cinco transitorios, prevé -entre otros elementos- la creación del Programa Específico en la material y la elaboración de estadísticas que se difundirán entre la población. En esta norma se contempla atender los diversos tipos de diabetes que actualmente existen (tipo 1, tipo 2 y gestacional) o que surjan con el paso del tiempo.

Por otra parte, los diputados aprobaron el dictamen que obligará a los usuarios de cada uno de los servicios de salud, realizarse por lo menos una vez al año un examen médico general en alguna institución de salud del Distrito Federal, con el fin de prevenir enfermedades, y no sólo se lo hagan personas que tengan conocimiento de alguna enfermedad.

Además, también se modificó el Artículo 55 bis de la Ley de Salud, en la que la Secretaría en coordinación con los laboratorios médicos públicos y privados en la Ciudad de México, en los que se otorgue el servicio de detección y/o diagnóstico de VIH-SIDA, deberán cumplir con los criterios establecidos de voluntariedad, confidencialidad y consentimiento informado.

La información que se entregue a las personas que se sometan a dicha prueba deberá contener la disponibilidad y acceso a los distintos tratamientos, autocuidado y promoción de los derechos humanos.

En otro punto, los legisladores adicionaron una fracción al artículo 83 de la ley, en la que se establece que la Secretaría de Salud deberá celebrar convenios de orientación y educación con instituciones educativas, tanto públicas como privadas, para que se implementen acciones encaminadas a la prevención, abatimiento y tratamiento del abuso en el consumo de bebidas alcohólicas, principalmente con los planteles de nivel medio y medio superior.

Lo anterior, debido que el alcoholismo, sobre todo en jóvenes de 15 a 30 años ha crecido en los últimos años, con los crecientes problemas vinculados a la salud, la deserción escolar, las multiadicciones, la violencia y los accidentes de tránsito.