IMPLEMENTARÁN BEBEDEROS DE AGUA POTABLE EN LUGARES PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
04 de Junio de 2014
Con la modificación y adición de diversos artículos de las leyes de Aguas, de Desarrollo Urbano, de Salud y de Establecimiento Mercantiles, todas del Distrito Federal, los diputados aprobaron en comisiones unidas la instalación de bebederos o estaciones de recarga de agua para consumo humano en diversos sitios de la capital.
La diputada perredista, Ana Julia Hernández Pérez, comentó que la implementación de estos bebederos da garantía de lo que el gobierno local quiere de esta ciudad. Expresó que el asunto de beber agua natural para cuidar la salud de las y los mexicanos, de las niñas y niños capitalinos, de proporcionales lo necesario para poderlo realizar en los parques, aunque paulatinamente, ya es una garantía de que se va por el buen camino de los requerimientos de la capital.
En tanto, el diputado petista Rodolfo Ondarza Rovira se manifestó en contra de cualquier intento de privatización del agua ya sea en el Distrito Federal y a nivel nacional; aunque también precisó que se debe voltear a los esfuerzos de la iniciativa privada para emprender iniciativas como las de llevar bebederos a las escuelas.
Los diputados de las Comisiones Unidas de Administración Pública Local y de Salud y Asistencia Social, establecieron que estos bebederos o muebles para el suministro de agua potable deben ser de manera intermitente, a fin de evitar su derroche; en tanto se plantea que las estaciones de carga son muebles que cumplen con la función de recargar agua en recipientes portátiles.
El objetivo de establecer estos muebles en parques, plazas comerciales y oficinas públicas del Gobierno del Distrito Federal, es con el fin de garantizar a la población el libre acceso al agua para su consumo humano.
El dictamen señala que corresponde a las delegaciones establecer dichos bebederos en los lugares antes señalados que correspondan a su demarcación territorial, dar mantenimiento y monitorear la calidad del agua con apoyo de la Secretaría de Salud.
En las modificaciones a la Ley de Aguas del Distrito Federal, se establece que se deberá dar mantenimiento constante a estos muebles para garantizar este servicio con higiene.
En tanto en la Ley de Desarrollo Urbano se establece que este mobiliario urbano deberá se diseñado y construido de tal modo que no posean un flujo de agua permanente, a efectos de evitar su derroche; por ello los mecanismos de accionamiento y provisión deben reunir condiciones de higiene estrictas, evitando contacto de labios y manos que ofrezcan riesgos de transmisión de enfermedades.
Con las modificaciones a la Ley de Salud, se especifica que debe garantizarse el libre acceso al agua potable a la población en general en oficinas públicas y plazas comerciales, particularmente en los que se presente un aforo mayor.
En uno de los artículos transitorios se indica que los órganos administrativos del gobierno local, atendiendo su capacidad presupuestal, deberán atender de manera paulatina y programada la instalación y adecuación de los bebederos o estaciones de agua potable que estén dentro de su competencia.