PRESENTAN REFORMAS PARA CREAR CANAL DE TV DE ALDF
24 de Septiembre de 2013
Con el objeto de reseñar y difundir la actividad legislativa y parlamentaria de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como contribuir a informar, analizar y discutir pública y ampliamente la situación de los problemas y la realidad del Distrito Federal vinculados al órgano legislativo, los diputados del Grupo Parlamentario del PAN, Federico Döring Casar y César Daniel González Madruga, presentaron una iniciativa de reforma a distintas disposiciones de la Ley Orgánica de la ALDF para crear el canal de la Asamblea y expedir su respectivo reglamento.
En tribuna, al presentar la iniciativa ante el pleno, el diputado César Daniel González Madruga, destacó la importancia de que el órgano legislativo local cuente con un espacio para difundir sus actividades.
“Tener un espacio de televisión propio de la Asamblea, donde se pueda conocer la fuente directa de cómo se está decidiendo en este recinto es indispensable, por ello, junto con el diputado Federico Döring Casar, presentamos esta iniciativa, la cual si bien es de reconocerse la respuesta que se hizo llegar a esta Asamblea no puede quedar en un mero aspecto de mimetismo y simulación, que se tenga una respuesta real, de fondo y profunda para crear el canal de la Asamblea Legislativa como existen los canales a nivel federal”, sostuvo González Madruga.
Por su parte, el Coordinador del GPPAN, Federico Döring, destacó que el canal de la ALDF ya se tenía contemplado en el marco del 25 aniversario de la Asamblea; sin embargo, ante la censura que se registró durante el Primer Informe del Jefe de Gobierno, se adelantó esta propuesta que pretende que sea un “espejo” del Canal del Congreso, con autonomía y que no esté sujeto a
“La tuvimos que adelantar porque es una respuesta a la censura con la que se trató a la oposición el pasado 17 de septiembre, por eso estamos adelantando la propuesta y el debate de cómo reglamentar el Canal de la Asamblea al cual ya se le destinó dinero para comprar el equipo y pueda ser administrado con recursos humanos propios”, destacó Döring Casar.
La propuesta de decreto se divide en dos grandes ejes: la adición de un título Sexto en la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y la expedición del Reglamento del Canal de Televisión de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, cuyos contenidos y alcances se sintetizan a continuación:
Respecto a la adición del título Sexto en la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se establece queel canal tiene por objeto reseñar y difundir la actividad legislativa y parlamentaria que corresponda a las responsabilidades del Órgano Legislativo del Distrito Federal, así como contribuir a informar, analizar y discutir pública y ampliamente la situación de los problemas de la realidad del Distrito Federal, vinculadas con la actividad legislativa.
El Canal estará dirigido por la Coordinación Directiva del Canal de Televisión de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el cual estará integrado por tres diputados, que serán los coordinadores de los tres grupos parlamentarios mayoritarios representados en la legislatura correspondiente, mismos que serán ratificados por el pleno de la Asamblea. Dicha Coordinación informará al inicio de cada periodo ordinario de sesiones al Pleno de la Asamblea Legislativa, a través de la mesa directiva, sobre el desarrollo de las actividades del Canal.
Asimismo, para la realización de sus actividades, el Canal de Televisión contará con la siguiente estructura: l. Órgano de Gobierno, integrado por la Coordinación Directiva del Canal de Televisión y por tres Unidades Sustantivas denominadas: a) Director del Canal de Televisión de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; b) Consejo Consultivo; y un Secretaría Técnica.
Por su parte, el Reglamento del Canal de Televisión de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal se integra de diez capítulos, en los que se regula el objeto, principios y funciones del Canal, la integración, atribuciones y responsabilidades de la Coordinación Directiva, las atribuciones del Director del Canal, la integración, funcionamiento y atribuciones de su Consejo Consultivo, para finalmente definir las relaciones laborales de los trabajadores. El anterior capitulado tiene por fin armonizar la normatividad propuesta con la aplicada al canal del Congreso de la Unión.
Los dos primeros capítulos establecen al Canal como un medio de comunicación de Estado, de servicio público, con presupuesto, organización, infraestructura técnica y personal, dependiente del Órgano Legislativo del Distrito Federal y pertenece a la Nación; el cual tiene por objeto reseñar y difundir la actividad legislativa y parlamentaria que corresponda a las responsabilidades de la Asamblea, así como contribuir e informar, analizar y discutir pública y ampliamente la situación de los problemas de la realidad del Distrito Federal vinculados con la actividad legislativa.
Los principios bajo los cuales deberá informar a la sociedad mexicana serán los de objetividad, veracidad, ética, pluralidad, equidad, suficiencia, oportunidad y con pleno respeto a los derechos fundamentales