SÓLO EL UNO POR CIENTO DE LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA CUMPLEN SUS FUNCIONES POR LA INDIFERENCIA DE LA SSPDF
29 de Marzo de 2016
· La última reforma a la Ley de Seguridad Privada del Distrito Federal, data del 18 de diciembre de 2014
· La ALDF no es omisa en materia de regulación de escoltas: Ángeles Valencia
· El primer trimestre de 2016 se han registrado cinco casos que tienen que ver con actos violentos por parte de escoltas
Ana Juana Ángeles Valencia, diputada de Morena, exigió al titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF), Hiram Almeida Estrada, transparente el padrón y control de identificación de los guardias personales conocidos como escoltas y se apliquen operativos de verificación a empresas de seguridad privada que prestan dicho servicio y se sancionen aquellas que no cumplan con la ley y el reglamento respectivo.
Lo anterior, subrayó, debido a que sólo mil 800 empresas de seguridad debidamente registradas, de dos mil cumplen correctamente sus funciones en la capital del país por la indiferencia de las autoridades de la SSPDF a obligarlos a cumplir cabalmente la Ley de Seguridad Privada del Distrito Federal (LSPDF), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (GODF) desde el 24 de enero de 2005, cuya última reforma se publicó el 18 de diciembre de 2014 en el mismo órgano de difusión, destacó.
Hizo notar que la actividad de escoltas se encuentra regulada en la LSPDF y que ante declaraciones de algunos funcionarios del GCDMX en el sentido de legislar la función de escoltas demuestra poco conocimiento en el tema y hace parecer que el legislativo ha sido omiso en atender la regulación de dichas actividades.
Ejemplificó que el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera, advirtió que van por la regulación de todos los cuerpos de escoltas que ofrecen sus servicios en la Ciudad de México, debido a que lo hacen con muchas irregularidades.
En este sentido la diputada Ángeles Valencia argumentó que efectivamente los escoltas prestan sus servicios con anomalías y ejemplificó las agresiones que sufrió, Arne Aus Den Ruthen Haag, City Manager de la Delegación Miguel Hidalgo, quien fue golpeado por guardaespaldas del director de Grupo Miled, Raúl Libien.
Argumentó que en la LSPDF, que regula la actividad de resguardo, bajo la denominación seguridad privada en su modalidad de seguridad y protección personal, no considera el término de escolta, pero que debería incluirse para mayor claridad.
En un Punto de Acuerdo, la diputada de Morena hizo mención que en la LSPDF se encuentran diversos dispositivos que dictan otras obligaciones en la actividad de escolta y citó algunos ejemplos.
a) En el artículo 10 se establecen claramente las atribuciones de la SSPDF, como encargada de realizar las verificaciones conducentes a las empresas.
b) Para llevar a cabo la actividad de escolta, es necesario obtener de la SSPDF una Licencia Tipo “A” que expide la propia Secretaría.
c) En los artículos 15 y 17 de la Ley, se señalan los requisitos para obtener la autorización.
d) En el artículo 23 y siguientes se establece que aquellos que prestan el servicio de escoltas deben de estar registrados ante la SSPDF.
e) En el artículo 36, se detallan las obligaciones de aquellos que realizan la actividad de escolta o guardia de seguridad.
f) Cabe señalar que en el ámbito local no existe ninguna autorización para que los guardias circulen por la vía pública armados; las empresas que prestan estos servicios de guardias armados, deben obtener licencia de autoridades Federales como de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), y del Consejo Nacional de Seguridad (CNS).
Añadió que durante el primer trimestre de 2016 se han registrado cinco casos que tienen que ver con actos violentos por parte de escoltas:
Recordó que el 16 de marzo se generó un incidente con el escolta agresivo del empresario Alberto Sentíes Palacios, que conducía un Ferrari, quien después de las pesquisas compareció por su voluntad ante el agente del Ministerio Público, y quien aseguró que él no dio órdenes a su escolta para golpear a otra persona que transitaba en su automóvil en Viaducto-Tlalpan ese día.
No obstante, dijo, se registró una agresión en contra de un tercero que resultó dañado y de quien se subieron imágenes a las redes sociales. Destacó que es necesario mencionar que los guardias de Sentíes Palacios son empleados de una empresa de seguridad privada sin que tengan alguna formación policial o militar, y que uno de ellos falleció de manera extraña en un hotel de paso días después.
Señaló que en 2015, se iniciaron 14 averiguaciones previas en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), donde ciudadanos denunciaron abusos, lesiones y amenazas de las que fueron víctimas por parte de escoltas.
Indicó que las acusaciones se concentraron en las delegaciones Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc, Benito Juárez, Tlalpan y Cuajimalpa, sin embargo, debido a que estos personajes se dan a la fuga tras sus agresiones, ninguno fue detenido y presentado a las autoridades.
En este primer trimestre de este año, se han registrado cinco agresiones, dos de las cuales han exhibido el modus operandi de los guardaespaldas gracias a la tecnología del Periscope del City Manager de la delegación Miguel Hidalgo y la más reciente, cuando un guarura atacó a golpes a “Jair”, taxista de UBER, sobre la avenida Tlalpan, añadió.
Sostuvo que las irregularidades se facilitan por el descontrol que tienen las autoridades sobre las empresas de seguridad privada y que éstas son las encargadas de reclutar, principalmente a ex policías o militares, para que trabajen como guardaespaldas.
Consideró que en varias de estas empresas se contratan hasta agentes dados de baja por pérdida de confianza y estimó que la SSPDF tiene en su base de datos más de dos mil empresas de seguridad debidamente registradas, de las cuales, si a caso, 20 funcionan correctamente. En este sentido sugirió que además de regular a todas estas empresas, se debe tener un control preciso de quién o quiénes piden este servicio.