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ALDF APRUEBA MODIFICACIONES A LA LEY DE LAS Y LOS JÓVENES DEL DF



16 de Diciembre de 2010

Boletín # 1057

El Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó cambios a diversos artículos de la Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal. Se reformaron los artículos 53 y 57, referentes a la edad y experiencia que debe tener el director y miembros de la Junta de Gobierno del Instituto de la Juventud y Deporte del DF y el artículo 76, sobre el Premio de la Juventud del Distrito Federal.

En el dictamen presentado por la Comisión de Juventud y Deporte, el artículo 53 establece que la junta está integrada por cinco miembros propietarios y cinco suplentes, quienes serán preferentemente menores de 35 años y designados por el Jefe de Gobierno, a propuesta de las secretarías de Educación, Salud y Desarrollo Social; de entre ellos se elegirá a su presidente.

En el artículo 57 se establece que el director del instituto requiere tener buena fama pública, con conocimiento y experiencia en la materia, y ser preferentemente tener menos de 29 años el día de su designación.

Respecto de la reforma del Artículo 76 de la Ley de las y los Jóvenes del DF, establece que el Premio de la Juventud del Distrito Federal se convoque una vez al año y se entregue a jóvenes cuya edad quede comprendida entre los 14 y 29 años, tengan una conducta o dedicación al trabajo o al estudio; genere entusiasmo y admiración entre los contemporáneos, y pueda considerarse ejemplo estimulante para crear y desarrollar motivos de superación personal o de progreso de la comunidad.

El premio de la Juventud del Distrito Federal se otorgará en los rubros de actividades culturales o artísticas, actividades deportivas y el mérito cívico, ambiental y de labor social.

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