ALDF APRUEBA TIPIFICAR EL DELITO DE USURPACIÓN DE IDENTIDAD CON FINES ILÍCITOS
29 de Junio de 2010
Boletín # 676
• Diputados reforman las leyes de Cultura Cívica y de Salud para prevenir y atender adicciones y en apoyo a los Juzgados
El Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó modificaciones al Código Penal del Distrito Federal en el capítulo III, de su artículo 211 Bis, por el que tipifica el delito de usurpación de identidad por cualquier medio con fines ilícitos y lo sanciona con una pena de uno a cinco años de prisión y el pago de una multa de 400 hasta 600 días de salario mínimo.
Con esta nueva figura se busca proteger el derecho de las personas a su dignidad, intimidad e integridad personal, posesiones y, sobre todo, seguridad jurídica respecto de su identidad.
Al argumentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Julio César Moreno Rivera, señaló que también se castigará a quien otorgue su consentimiento para ser suplantado por un tercero en su identidad y considerado igualmente responsable del delito con las mismas sanciones aplicadas al usurpador.
A quien suplante la identidad de otro, se valga de la homonimia, parecido físico o de voz con el suplantado, para cometer algún ilícito, se aumentarán la mitad de las sanciones previstas.
El dictamen aprobado considera que el fácil acceso a los medios electrónicos, avances tecnológicos, redes sociales y el uso de servicios de banca por Internet, se han constituido en una herramienta primordial para quienes adoptan la identidad de un tercero, normalmente para cometer algún ilícito, ocultarse o evadirse de la acción de la justicia.
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