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ALDF cumple a la Constitución de la CDMX con la aprobación de su primera Ley de este periodo: la del Congreso y su Reglamento

ALDF cumple a la Constitución de la CDMX con la aprobación de su primera Ley de este periodo: la del Congreso y su Reglamento

21 de Diciembre de 2017

- Con ello se materializará una nueva forma de legislar en lo que será el Congreso de la Ciudad de México, señaló el diputado Manuel Ballesteros


Con el consenso de todos los Grupos Parlamentarios, el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó los dictámenes por los que se expiden la Ley Orgánica y el Reglamento del Congreso de la Ciudad de México.

“Con la aprobación de estas leyes estamos despidiendo a la que dejará de ser la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y que a partir del 17 de septiembre del 2018 se transformará en el Congreso de la Ciudad de México”, destacó el diputado José Manuel Ballesteros López.

Durante su intervención en tribuna, en su calidad de presidente de la Comisión de Normatividad Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias destacó que esta legislación es consecuencia y se emite en cumplimiento de un mandato de la Constitución más progresista y más incluyente del país, como lo es la Constitución de la Ciudad de México.

Al asegurar que se lograron dictámenes de consenso con las diferentes propuestas y preocupaciones de los diputados y de los Grupos Parlamentarios, añadió que con esta aprobación se materializará una nueva forma de legislar en lo que será el Congreso de la Ciudad de México, a partir del 17 de septiembre de 2018.

Explicó que la Ley del Congreso está integrada con un total de 148 artículos, dividida en 12 títulos y 56 capítulos, que regulan la forma, estructura, organización y procedimientos que se llevarán a cabo en el Congreso, mismo que funcionará en Pleno, Comisiones y Comités.

Además mandata que el Congreso realizará sus funciones legislativas mediante dos periodos ordinarios, el primero de ellos comprenderá del 1 de septiembre al 15 de diciembre, excepto cuando la persona titular del ejecutivo local inicie su encargo, en cuyo caso, podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo dará inicio el 1 de febrero de cada año y culminará el 31 de mayo.

Asimismo, este Poder Legislativo estará conformado por las unidades administrativas con las que actualmente cuenta y funciona la Asamblea Legislativa, como la Coordinación de Servicios Parlamentarios, Oficialía Mayor, Contraloría Interna, Tesorería, Instituto de Investigaciones Legislativas, Coordinación de Comunicación Social, Canal de Televisión, Unidad de Transparencia, Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, y se agrega la Unidad del Consejo Consultivo de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México.

“Esta Ley contendrá nuevas y progresistas figuras y atribuciones que emanan de nuestra Constitución Local, ejemplo de ellas son el reconocimiento y otorgamiento de la facultad de iniciar leyes a las y los ciudadanos (a través de la iniciativa ciudadana), a la o el Jefe de Gobierno, a las Alcaldías, al Tribunal Superior de Justicia y a los Organismos Autónomos de esta ciudad”, informó el diputado Manuel Ballesteros.

Finalmente, la estructura del Reglamento se encuentra integrado por 12 títulos, 35 capítulos y 99 secciones, que en su conjunto componen 527 artículos y en él se mandatan las disposiciones relativas a las unidades administrativas del Congreso y describe el proceso legislativo que se llevará a cabo tanto en el Pleno como en sus Comisiones y Comités.