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ALDF ESTABLECE SANCIONES AL SERVIDOR PÚBLICO QUE INFLIJA A UNA PERSONA DOLORES O SUFRIMIENTOS



29 de Marzo de 2012

Boletín # 166

Reformas al Código Penal para el Distrito Federal, aprobadas por el Pleno de la Asamblea Legislativa, establece sanciones para combatir la tortura para obtener declaraciones por parte de servidores públicos.

El presidente de la Comisión de Derechos Humanos, David Razú Aznar, señaló en tribuna que las reformas derivan de los avances que a nivel internacional se presentan en la protección de los derechos humanos; modificaciones necesarias para combatir las prácticas de tortura, establecidas e incluso tipificadas en la Constitución.

Con las modificaciones se derogan diversos artículos del Capítulo III de Tortura, del Título Vigésimo y adiciona el Capitulo II al Titulo Décimo relativo a los delitos cometidos contra la dignidad de las personas, en donde se establece la sanción al servidor público que en el ejercicio de sus atribuciones o con motivo de ellas, inflija a una persona dolores o sufrimientos, ya sean físicos o mentales, incluida la violencia sexual, con el fin de obtener de ella información o una confesión.

Se entenderá también como tortura y se sancionará al servidor público que aplique sobre una persona métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental.

El Pleno aprobó también modificaciones a la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal en el diseño e implementación de su programa de trabajo.

Con estas modificaciones se asegura la participación de la Comisión de Derechos Humanos local en el Comité del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa, asegurando con ello la integración de la perspectiva de derechos humanos en todos los temas que se traten en las sesiones.



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