ALDF REFORMA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
29 de Junio de 2011
Boletín # 458
El Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal enfocadas a fortalecer la rendición de cuentas de los entes públicos.
Para sustentar el dictamen presentado por la Comisión de Transparencia de la Gestión, la diputada Lía Limón García señaló que con esta ley, la Asamblea Legislativa se convierte en el primer órgano legislativo a nivel nacional que especifica que son públicos de oficio todos los recursos económicos que son entregados a grupos parlamentarios, coaliciones y diputados independientes.
En el dictamen se especifica que se cambia la denominación de ente público por la de ente obligado, para transparentar la información que se reciba por recursos públicos.
Se amplían los conceptos de datos personales, entes obligados, información pública y sistema de datos personales con el objeto de dar mayor claridad y alcance a la ley.
Se integran nuevos conceptos como el derecho de Arco (Derecho de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales), que es el derecho que podrá ejercitar el ciudadano para el acceso a rectificación, cancelación y oposición de sus datos personales.
La Asamblea Legislativa deberá transparentar los convenios, acuerdos de colaboración o figuras análogas que se celebren, señalando el nombre o razón social del ente, su duración y compromisos adquiridos.
Así también los recursos económicos que de conformidad con el Reglamento para el Gobierno Interior de la ALDF, entrega al órgano legislativo a los diputados independientes, grupos parlamentarios o coaliciones. Los legisladores deberán detallar los recursos públicos que reciban para sus informes de actividades.
De igual manera se obliga a los entes a publicar de oficio el número de contrato, la fecha, el monto y el plazo de entrega o de ejecución de obra licitada, los mecanismos de vigilancia, supervisión y estudios de impacto urbano y ambiental. Se establece una nueva obligación para el Ejecutivo Local para que en su información pública se conozcan los usos de suelo a través de mapas y planos georreferenciados.
Se deberá contar con un sistema electrónico con el uso de un tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos. Asimismo el listado de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, registro de manifestación y dictámenes de las obras que se llevan a cabo en cada una de las demarcaciones.
Se deben trasparentar las cantidades recibidas de manera desglosada por concepto de recursos autogenerados, así como su uso y aplicación que antes permanecían en una caja negra.
Los comisionados ciudadanos durarán en su encargo un periodo de seis años, serán renovados de manera escalonada y no podrán reelegirse, con excepción de un solo comisionado.
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