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AMPLIAN DERECHO DE LIBERTAD ANTICIPADA PARA REOS

AMPLIAN DERECHO DE LIBERTAD ANTICIPADA PARA REOS

08 de Diciembre de 2010

El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley de Ejecución de Sanciones Penales del Distrito Federal, con el fin de que los presos que tengan ocho años y no hayan cometido delitos considerados graves tengan derecho a la libertad anticipada, siempre y cuando cumplan con algunos requisitos.
El presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Carlos Flores, explicó que los reos que pueden tener este beneficio es que su sentencia sea hasta ocho años, cuando antes era hasta siete. “Estamos exigiéndole a los peritos encargados de certificar o avalar que estas personas pueden tener su tratamiento de externación que tengan una reputación irrefutable y se sometan a tratamientos psicológicos para que no haya duda de que los reos se van a integrar a la sociedad”, comentó.
Incluso señaló que estas reformas también incluyen tratamiento psicológico para los reos, en caso de ser necesario.
De acuerdo con el dictamen, el beneficio de la libertad anticipada tendrá la obligación de rendir un informe mensual a la autoridad y contar con una persona que se haga cargo de él.
La Ley de Ejecución de Sanciones Penales local prevé que en las instituciones de mínima y baja seguridad se internará a sentenciados por delitos no considerados graves por la ley, o que compurguen penas en régimen de semilibertad o estén en la fase final de ejecución de la pena en internamiento.