APLICAR TODO EL PESO DE LA LEY EN EL CASO DEL EX TITULAR DE SOS, EXIGE DIPUTADO DEL PAN
13 de Marzo de 2015
“El caso del ex secretario de Obras resulta una invitación a perpetuar los actos de corrupción y mal servicio de los funcionarios que utilizan los cargos públicos para lucrar con el erario local, y en el caso del programa “Ilumina tu Ciudad” del GDF, es evidente que privó la oscuridad y corrupción", indicó el diputado local Héctor Saúl Téllez Hernández.
Agregó que el PAN en la ALDF pugnará por abrir en la Contraloría General capitalina y en la Auditoria Superior local, una serie de auditorías al programa “Ilumina tu Ciudad” para conocer si existieron posibles desvíos y/o malversación de recursos públicos. Esto, tras darse a conocer el presunto nexo familiar de Alfredo Hernández, hoy ex titular de la Secretaría de Obras y Servicios del DF con la Planet Ingeniería, en donde su esposa sostiene un alto cargo directivo y “es claro que existe un posible conflicto de intereses con la empresa”
De comprobarse legal y administrativamente el posible delito de “enriquecimiento ilícito” y para la empresa beneficiaria, el delito de “promoción de conductas ilícitas”, añadió, el funcionario debe ser sometido a las medidas previstas en el Código Penal.
“Hoy nos encontramos con un programa de la administración central que se empaña y se cubre de opacidad y deja en la oscuridad a la transparencia del uso de los recursos de la ciudadanos”, sentenció el legislador panista al mismo tiempo de afirmar que se pone en duda también las acciones y operación del programa de “Decisiones por Colonia” que impulsa el GDF, con acciones de corrupción como la mencionada.
Se trata, explicó, de conocer y transparentar el manejo de los recursos públicos asignados en dicho programa desde junio de 2014 y aclarar el contrato que consiste en cambiar 340 mil 750 luminarias deterioradas por nuevas y para ello, el ex funcionario local concedió “extrañamente” más de 71 millones de pesos a la empresa Planet Ingeniería.
Para finalizar, Téllez Hernández se refirió a la fracción XI del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en donde señala que entre las obligaciones de los Servidores Públicos está la de:
“Excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte”.