APROBARÁN LEY PARA REGULAR A LOS FOOD TRUCKS
19 de Octubre de 2014
Con el propósito de regular la prestación de servicios que ofrecen los llamados “food trucks”, así como fomentar la creación de nuevas fuentes de empleo, el diputado Alejandro Gómez Robles presentó en la Asamblea Legislativa del DF (ALDF) una iniciativa con proyecto de decreto por la cual se crea la Ley de Vehículos Gastronómicos de la Ciudad de México.
El diputado local del PRD advirtió que ese modelo de negocios reporta un crecimiento importante en la capital, pero está desprovisto de un marco legal que lo regule y evite el abuso de algunas autoridades y líderes de ambulantes que los extorsionan.
“La actividad de comercio en vehículos gastronómicos fomenta empleos en la venta y distribución de comida, pero al no estar expresamente en una ley, a pesar de los estándares y normas de higiene y calidad, ocasiona que sean extorsionados por líderes de comerciantes ambulantes o por la propia autoridad, aludiendo una falta a la ley”, expuso Robles Gómez.
El presidente del Comité de Estudios y Estadística sobre la Ciudad de México en la ALDF subrayó que al regular dicha actividad se fomentará el empleo y la economía formal, sobre todo entre la población de 18 a 30 años edad, rango en el que justamente se ubican las personas que emprenden los proyectos productivos de vehículos gastronómicos.
Recalcó que los derechos deben ser otorgados con obligaciones, las cuales serán principalmente contribuir con impuestos, así como respetar la movilidad, a los peatones, la preservación del espacio público y la imagen urbana.
La iniciativa se ha ido construyendo con las valiosas aportaciones y experiencias de los propios dueños de camiones a través de Maricarmen Linares quien ha compartido de primera mano las principales trabas con las que se encuentran y actualmente se discute al interior de la comisión de normatividad presidida por el diputado Octavio Moguel, quien será quien dictamine esta nueva Ley.
De acuerdo a la iniciativa de decreto, los vehículos gastronómicos estarían regulados por la Secretaría de Desarrollo Económico, mientras que la ALDF, a propuesta de la dependencia capitalina, analizará y aprobará dentro del Código Fiscal del DF los derechos e impuestos aplicables a las personas físicas o morales sujetos de esa Ley.
Correspondería al Instituto de Verificación Administrativa del DF practicar cada cuatro meses las visitas de verificación del funcionamiento de dichas unidades, o cuando sean ordenadas por la Delegación política correspondiente.
Obligaciones, requisitos y asignación de lugares
El proyecto de ley establece que los interesados deberán contar con un vehículo adaptado que cuente con instalaciones de gas, electricidad propia, tanque de agua, tanque de agua residual o trampa de grasa; registro de la marca ante el Instituto Mexicano de Propiedad Intelectual con la que operará el vehículo; el período de funcionamiento del giro no podrá exceder de 7 horas diarias y en ningún caso podrá ser objeto de prórroga, revalidación o traspaso.
Para la asignación de lugares de venta, la iniciativa precisa que los titulares de los permisos deberán indicar a la Secretaría de Desarrollo Económico las opciones donde desean realizar su actividad, en tanto que la dependencia capitalina otorgará cinco puntos de venta con un rango de operación de 200 metros cuadrados.
Es importante señalar que el proyecto refiere que las zonas libres de vehículos gastronómicos serán el primer cuadro del Centro Histórico y aquellos que determine la ALDF, a propuesta de la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal.
Como parte de las principales prohibiciones, la iniciativa del diputado Alejandro Robles indica que los propietarios de vehículos gastronómicos no podrán arrojar desechos sólidos y descargar aguas en el sistema hidrosanitario del espacio público; colocar implementos impidan el tránsito peatonal o vehicular, cuando no se cuente con la autorización para tal efecto; ni tampoco vender bebidas alcohólicas para consumo inmediato o posterior.
Los permisos serán individuales e intransferibles y los titulares serán personas físicas o jurídicas y su duración será de un año, contado desde la concesión, prorrogable por idénticos períodos.
A fin de fomentar la participación de los interesados en esta forma de comercio, se restringirán el otorgamiento de hasta cinco permisos máximo a toda persona jurídica.
Asimismo, sólo se podrán otorgar hasta tres permisos para operar vehículos gastronómicos registrados bajo una marca o razón social, a nombre de una persona física o moral.
La iniciativa propone adicionar el artículo 304 Bis al Código Fiscal del DF, para establecer las siguientes contribuciones: 800 pesos por concepto de permiso; mil 200 pesos por concepto de explotación del espacio público y 800 pesos por concepto de renovación del permiso.
Cabe señalar que el modelo de negocios de los “food trucks” nació en Inglaterra en los años 40, popularizando años más tarde en ciudades como Madrid, París, San Francisco y Nueva York, por mencionar algunas, originando la necesidad de contar con regulaciones específicas para tal efecto.