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APRUEBA ALDF INICIATIVA DE INICIATIVAS QUE MODIFICAN LEY DE COORDINACIÓN FISCAL



26 de Octubre de 2010

Boletín # 958

• El dictamen se enviará a la Cámara de Diputados para su análisis


Con el fin de que el Distrito Federal y las 16 delegaciones políticas tengan acceso a los beneficios del Fondo de Coordinación Fiscal (FAIS), el Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó el dictamen de Iniciativa de Iniciativas que solicita a la Cámara de Diputados reformar la Ley de Coordinación Fiscal y cambiar el término Estados por Entidades Federativas y se incluya el término delegaciones.

Al argumentar el dictamen, la diputada Valentina Batres Guadarrama explicó que solicitan el cambio de la redacción actual de los artículos 32, 33, 34 y 35 de la ley mencionada porque son los que regulan al FAIS, ya que sólo se refieren a los estados de la República y los municipios como beneficiarios de estos recursos.

Explicó que el nuevo texto propuesto para estos artículos en lo sucesivo mencionará como beneficiarios a las entidades federativas y municipios y delegaciones del Distrito Federal, con lo que se dan bases jurídicas sólidas para terminar con la injustificable discriminación que desde 1998 han sufrido los habitantes del Distrito Federal y de las demarcaciones.

En el dictamen se homogeniza el texto que debe darse a los fondos componentes del Fondo de Aportación para la Infraestructura Social denominándoles Fondos de Aportaciones para la Infraestructura Social, Municipal y Delegacional y Fondo de Infraestructura Social de las Entidades Federativas, respectivamente.

Con ello, se busca resarcir uno de los pendientes de equidad y justicia para el Distrito Federal, con lo que se da un primer paso para superar la injusticia de que la población del Distrito Federal, en especial la de más bajos ingresos, sea excluida del Fondo de Aportación de Infraestructura Social.


De esta manera, se homogeniza la ley y se establece un porcentaje de la recaudación fiscal federal participable, que será del 0.303 por ciento para Fondo para la Infraestructura Social de las entidades federativas y el 2.197 al Fondo para la Infraestructura Social Municipal y Delegacional.

Este fondo se entregará mensualmente en los primeros 10 meses del año por partes iguales a los Estados y Gobierno del Distrito Federal por conducto de la Federación y a los Municipios y Delegaciones del Distrito Federal, a través de los gobiernos de las entidades federativas, sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo las de carácter administrativo.

Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social reciban las Entidades Federativas, Municipios y Delegaciones del Distrito Federal se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de la población con rezagado social y pobreza extrema.

Estas obras serán para agua potable, alcantarillado, drenaje, letrinas, urbanización municipal y delegacional, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica de salud, educativa y mejoramiento de vivienda, entre otros, como parte del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y Delegacional.

Para el caso del Fondo de Infraestructura Social de las Entidades Federativas serán obras y acciones de alcance o ámbito de beneficio regional, intermunicipal o interdelegacional.




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