APRUEBA ALDF LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DEL DF
20 de Diciembre de 2010
El Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal que la armoniza con los instrumentos internacionales existentes y crea el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, como un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal.
El presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la ALDF, David Razú Aznar, sostuvo en tribuna que la nueva ley es un instrumento real para el diseño de una política pública contra la discriminación.
El dictamen aprobado por 28 votos en favor, dos en contra y 11 abstenciones, mandata que queda prohibida cualquier forma de discriminación, ya sea en contra de personas por su origen étnico, lengua, sexo, género, identidad indígena, edad, discapacidad, condición jurídica, social o económica.
También incluye la apariencia física, las condiciones de salud, embarazo, religión, opiniones políticas, académicas o filosóficas, filiación política, civil, entre otras.
Sobre la creación del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, se establece que es un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Social del DF, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Para el desarrollo de sus atribuciones el consejo gozará de autonomía técnica y de gestión.
El consejo tiene por objeto emitir los lineamientos generales de políticas públicas en la materia de combate a la discriminación en la ciudad de México, diseñar y promover políticas públicas y dar trámite a los procedimientos de reclamo y quejas previstos en la ley.
El patrimonio del consejo será designado a partir de los recursos que le asigne la ALDF en el Presupuesto de Egresos. El o la presidente del consejo será designado por el titular del Gobierno del Distrito Federal y operará bajo la junta de gobierno y la presidencia del consejo.
Además, se adicionaron las fracciones 14 y 15 al artículo 23 que señalan la igualdad entre hombres y mujeres, así como establecer contenidos y métodos pedagógicos que difundan la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres.