APRUEBA ALDF LA NO RATIFICACIÓN DE IRMA LARIOS MEDINA COMO MAGISTRADA DEL TCADF
15 de Marzo de 2012
Boletín # 137
El Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó no ratificar en el cargo de magistrada del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal a Irma Leonor Larios Medina.
La propuesta fue presentada por el Secretario de Gobierno, en ausencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal.
Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Julio César Moreno, señaló que la resolución fue tomada responsablemente por los integrantes de la comisión, quienes después de haber realizado una valoración del desempeño como magistrada de la licenciada Irma Leonor Larios Medina, determinaron que no cumple con los requisitos legales.
Ello, porque carece de la probidad y honorabilidad que señala el artículo 116 fracción III de la Ley Suprema, así como de la buena reputación que exige el artículo 4 inciso e de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.
El legislador defendió que en la Ciudad de México los conflictos jurídicos deben ser solucionados con estricto apego a derecho, sin inclinarse por ninguna de las partes, a fin de mantener el orden social, lograr la confianza de los ciudadanos y evitar que cada persona quiera hacerse justicia de propia mano.
En el dictamen se aclara que se verificó que Irma Leonor Larios Medina cumpliera los requisitos para ser Magistrada del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, vigente en el 2006. Ello, porque el 18 de agosto de ese año concluyó su nombramiento de magistrada numeral.
Agrega que Larios Medina no reúne el requisito de gozar de buena reputación, porque durante su desempeño como Magistrada del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, del18 de agosto del 2000 al 18 de agosto del 2006, se le acreditaron tres procesos administrativos. Como consecuencia de uno de éstos, fue inhabilitada por un año; en otro por seis meses y en uno más no fue sancionada.
Antes, el Pleno rechazó una moción suspensiva presentada por el diputado Carlo Pizano, quien consideró que ni el Estatuto de Gobierno ni otra ley prevé que este órgano legislativo conozca de propuestas de no ratificación, “por lo que al no tener facultades para analizar propuestas de no ratificación, no puede conocer del asunto”.
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