Viernes 27 de Diciembre de 2024

Transmisión en vivo
Play

Sin transmisión

Agenda del día
Sin Actividades Legislativas

TEMA
DEL DÍA

AL INSTANTE

Noticias

Principal / 

APRUEBA COMISIÓN DE HACIENDA DICTAMEN DE INICIATIVA PARA MODIFICAR LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

APRUEBA COMISIÓN DE HACIENDA DICTAMEN DE INICIATIVA PARA MODIFICAR LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

25 de Octubre de 2010


La Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa aprobó el dictamen de una iniciativa en la que solicita a la Cámara de Diputados modificar la Ley de Coordinación Fiscal y cambiar el término Estados por Entidades Federativas y se incluya a las delegaciones, con el fin de que el Distrito Federal tenga acceso a los beneficios del Fondo de Coordinación Fiscal (FAIS), ya que no afecta solo a los estados y municipios.
El dictamen busca resarcir uno de los pendientes de equidad y justicia para el Distrito Federal, dijo la presidenta de la Comisión, Valentina Batres Guadarrama, al explicar que el dictamen aprueba solicitar la modificación a los artículos 32, 33, 34 y 35 de la ley mencionada porque son los que regulan al FAIS.
La modificación consiste en sustituir del actual texto de la ley las referencias a estados, por concepto de entidades federativas, con lo que se incluye al Distrito Federal como beneficiario del FAIS; además añadir y complementar toda referencia a los municipios con una nueva referencia a las delegaciones para que accedan a dichos beneficios.
El propósito es que toda la población capitalina pueda beneficiarse, al cambiar la redacción de dichos artículos y que el Distrito Federal, como entidad federativa y las demarcaciones territoriales y sus órganos políticos-administrativos, que se denomina genéricamente como Delegaciones de conformidad con el artículo 104 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, puedan ser beneficiarios de dicho fondo.
También se aprobó que el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal actual se denomine Fondo de Aportaciones para la infraestructura Social Municipal y Delegacional y el cambio del Fondo para la Infraestructura Social Estatal por Fondo de Infraestructura Social de las Entidades Federativas.
De esta manera, se homogeniza la ley y se establece un porcentaje de la recaudación fiscal federal participable, que será del 0.303 por ciento para Fondo para la Infraestructura Social de las entidades federativas y el 2.197 al Fondo para la Infraestructura Social Municipal y Delegacional.
Este fondo se entregará mensualmente en los primeros 10 meses del año por partes iguales a los Estados y Gobierno del Distrito Federal por conducto de la Federación y a los Municipios y Delegaciones del DF, a través de los gobiernos de las entidades federativas, sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo las de carácter administrativo.
Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social reciban las Entidades Federativas, Municipios y Delegaciones del Distrito Federal se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de la población con rezago social y pobreza extrema.
Estas obras serán para agua potable, alcantarillado, drenaje, letrinas, urbanización municipal y delegacional, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica de salud, educativa y mejoramiento de vivienda, entre otros, como parte del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y Delegacional.
Para el caso del Fondo de Infraestructura Social de las Entidades Federativas serán obras y acciones de alcance o ámbito de beneficio regional, intermunicipal o interdelegacional.