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APRUEBAN EN COMISIÓN LEY PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER DE MAMA EN EL DF

APRUEBAN EN COMISIÓN LEY PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER DE MAMA EN EL DF

11 de Octubre de 2010

La Comisión de Salud aprobó el dictamen que crea la Ley para la Atención Integral del Cáncer de Mama en el Distrito Federal para incidir en la disminución de los índices de mortalidad por esta enfermedad y mejorar la atención de los servicios públicos y privados.

El dictamen aprobado por unanimidad, faculta a la Secretaría de Salud local para que verifique y certifique el equipo e insumos empleados en delegaciones y servicios privados de mastografías, con el fin de que cumplan con estándares de calidad y se eviten diagnósticos erróneos.

Prevé que los programas delegacionales enfocados a la prevención y detección de cáncer de mama –mastografías-- presenten a este órgano colegiado un proyecto autorizado por la Secretaría de Salud a más tardar en noviembre, con indicadores de enfoque de género e impacto en la salud de las mujeres.

Crea un sistema de información y una base de datos para un control y vigilancia epidemiológica que permita brindar un seguimiento oportuno a las mujeres que se les haya practicado examen clínico o mastografía y presenten un diagnóstico sospechoso o confirmado de esta enfermedad.

Resalta el enfoque preventivo, fomentando estilos de vida saludables para disminuir riesgos; y prevé crear el Comité Técnico de Evaluación y Seguimiento del Programa de Atención Integral del Cáncer de Mama del Distrito Federal como autoridad en la materia, con la participación de las Secretarías de Salud, Finanzas y Desarrollo Social, Inmujeres, las 16 delegaciones, la Asamblea Legislativa e instancias académicas y de organizaciones sociales.

Establece que se debe diseñar una estrategia de gasto eficiente de los recursos asignados al Programa de Atención Integral del Cáncer de Mama, con mecanismos de evaluación del impacto en la disminución de la mortalidad materna y reglas para la asignación de los recursos. Con esta ley, este programa se consolida como único en el país.

El artículo tercero transitorio establece que los recursos financieros, equipo e insumos relacionados con programas o acciones para la detección o atención de cáncer de mama que manejen todas las entidades del GDF pasarán a formar parte del Programa de Atención Integral del Cáncer de Mama del Distrito Federal.

Para ello, la Secretaría de Finanzas y la Oficialía Mayor del Distrito Federal dispondrán de las medidas administrativas necesarias para dar cumplimiento a esta disposición en un plazo que no podrá exceder de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor de la presente ley.

En dictamen con proyecto de ley consta de seis títulos, 47 artículos y seis transitorios y próximamente será presentado al Pleno para su aprobación.