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APRUEBAN EN COMISIÓN LEY DE FISCALIZACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO



30 de Mayo de 2014

Boletín # 154

• Con ello se cambia el nombre de la Contaduría Mayor de Hacienda por el de Auditoría Superior de la Ciudad de México

Con el fin de regular la fiscalización, organización y atribuciones de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, la Comisión de Normatividad Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias, que preside el diputado Oscar Octavio Moguel Ballado, aprobó la creación de la Ley de Fiscalización de la Ciudad de México, con la que se abroga la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, y se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica de este órgano legislativo.

Al expedirse la Ley de Fiscalización de la Ciudad de México, señala el documento, se atiende los principios de interpretación y se armoniza con el sistema constitucional y legal, en materia de fiscalización, particularmente al modificar la denominación de Contaduría Mayor de Hacienda por el de Auditoría Superior de la Ciudad de México, con lo que se armoniza y sistematiza, con la denominación de los órganos de fiscalización de los estados de la República y de la propia Federación.

Asimismo, se busca fortalecer su gestión interna, establecer una mejor configuración y las disposiciones jurídicas necesarias, a fin de cumplir sus funciones actuales de manera eficaz, con autonomía técnica y con apego a la ley.

Esta ley tiene como fin regular la revisión de la cuenta pública y la fiscalización superior de los recursos públicos de la capital; también se busca evitar perjuicios al erario y al interés social.

Además, se fortalecer la gestión administrativa mediante el impulso de los recursos humanos, materiales, financieros y de sistemas con los que debe contar el nuevo órgano.

El documento, señala que con la nueva ley de fiscalización se generará las condiciones e incentivos para que la auditoría gubernamental contribuya al fortalecimiento de la rendición de cuentas bajo el principio de que debe haber consecuencias para quien haya dejado de cumplir con su responsabilidad pública.

Con ello, la Auditoria Superior deberá revisar la cuenta pública; verificar los sujetos de fiscalización; realizar sus operaciones en lo general y en lo particular con apego a la Constitución; también establecerá las normas, sistemas, métodos, criterios y procedimientos con los ordenamientos en materia de Contabilidad y Auditoría Gubernamental; vigilará que los sujetos de fiscalización, atiendan las observaciones y solventen las recomendaciones que les formulen, entre otros.

Indica en el artículo cuarto transitorio que el actual Contador Mayor de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa ejercerá el cargo de auditor superior de la Ciudad de México hasta concluir el periodo de siete años por el cual fue ratificado y designado.






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