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APRUEBAN DICTAMEN DE NUEVA LEY DE VIVIENDA

APRUEBAN DICTAMEN DE NUEVA LEY DE VIVIENDA

25 de Abril de 2012


Comisiones unidas de Vivienda y Desarrollo e Infraestructura Urbana aprobaron dictamen de la nueva Ley de Vivienda del Distrito Federal que da prioridad a la construcción de vivienda de interés social y permitirá al Instituto de Vivienda (INVI) recuperar sus créditos a fin de poder beneficiar a más población.

El dictamen mandata que la construcción será sin fines de lucro y tendrá por objeto promover la producción y mejoramiento de la vivienda dirigida a la población de más escasos recursos.

Respecto de los beneficiarios prioriza personas en estado de pobreza, grupos vulnerables e indígenas y obliga a incluir en las viviendas nuevas los accesorios necesarios para facilitar el tránsito de personas con discapacidad.

El nuevo ordenamiento regula la participación de la iniciativa privada y establece que sólo las organizaciones sociales que estén al corriente en sus pagos podrán acceder a otros créditos.

Respecto del servicio de amortizaciones e intereses, ningún crédito de vivienda otorgado por el INVI debe superar el 20 por ciento de los ingresos nominales de la familia beneficiaria.

También crea el Consejo de Vivienda y obliga al Gobierno del Distrito Federal a emitir el reglamento de la nueva ley en un plazo de 60 días, lo que permitirá establecer convenios con constructores particulares en la construcción de vivienda de interés social.

Respecto del presupuesto, señala que se asignará anualmente de acuerdo con el índice inflacionario, a fin de evitar que los recursos se reduzcan cada año.

Además, obliga al INVI a tener actualizada su página de Internet con toda la información relacionada al presupuesto asignado a la construcción, mejoramiento y compra de suelo, entre otros aspectos.

Establece además aplicar una política de vivienda que contribuya a la consecución del pleno empleo en la ciudad, por lo cual los recursos públicos destinados al sector deberán orientarse a aquellas acciones o rubros que produzcan un mayor efecto multiplicador del empleo, el arraigo al barrio y el beneficio local de las inversiones en la materia.

Respecto de los bienes inmuebles propiedad del INVI que no sean útiles para proyectos habitacionales populares o de interés social, podrán ser enajenados a terceros; asegurándose de que los recursos que se obtengan se canalicen a promociones habitacionales del Instituto dirigidas a la población en situación de pobreza, riesgo o vulnerabilidad.

Este ordenamiento integra los nueve ordenamientos de vivienda, que abarca desde derechos humanos hasta la ley general del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.