Aprueban diputados en comisión proyecto de dictamen de Alcaldías
20 de Diciembre de 2017
Boletín # 210
- Determina la forma de organización, sus atribuciones y obligaciones
- Destacan los controles del Sistema Local Anticorrupción y de Rendición de Cuentas
- Entre sus fines estará el preservar el equilibrio urbano, la identidad de los pueblos y barrios originarios y el medio ambiente
Integrantes de la Comisión de Administración Pública Local aprobaron por unanimidad el proyecto de dictamen que crea la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México.
El proyecto fue enviado a la Mesa Directiva para su discusión y votación por el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Con estos trabajos, se avanza en el cumplimiento al mandato de la Constitución Política de la Ciudad de México, la cual faculta a la Asamblea Legislativa para aprobar cinco leyes secundarias que constituyen las bases de las nuevas formas de gobierno de la Ciudad de México a partir de 2018.
Las Alcaldías son la nueva forma de gobierno que sustituye a las Jefaturas Delegacionales. Se integrarán por una Alcaldesa o Alcalde y un Concejo, electos por votación universal, libre, secreta y directa para un periodo de tres años. Seis de estos concejales representarán las circunscripciones en las cuales se dividirá cada Alcaldía, las cuales mantienen la identidad de los pueblos y barrios originarios y comunidades.
El Concejo es el órgano colegiado electo en cada demarcación territorial, que tiene como funciones la supervisión y evaluación de las acciones de gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos correspondiente a la Alcaldía. En ningún caso ejercerán funciones de gobierno y de administración pública.
Con la ley se garantiza la personalidad jurídica y se dota de autonomía a las Alcaldías con respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto y establece competencias en sus jurisdicciones en materia de movilidad, seguridad, obra pública, seguridad ciudadana, entre otras. Además, establece estar sujeta a las disposiciones de las leyes relacionadas con los sistemas nacional y local anticorrupción que establecen la Constitución Local.
La ley determina los requisitos para ser alcalde o alcaldesa, tales como ser mayor de 25 años, tener residencia efectiva en la demarcación, por lo menos de seis meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores al día de la elección; así como no ocupar cargos públicos, al menos 60 días antes de la elección.
Las Alcaldías son los gobiernos de proximidad con los ciudadanos y no hay autoridad intermedia entre éstos.
En la reunión de trabajo estuvieron presentes los diputados Adrián Rubalcava, presidente de la Comisión de Administración Pública Local de la ALDF (PRI); José Manuel Delgadillo, vicepresidente (PAN); Nora Arias, secretaria (PRD), así como Wendy González Urrutia, del Grupo Parlamentario del PAN, Luis Gerardo Quijano Morales, del PRI y Fernando Zárate, del PVEM.