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APRUEBAN DIPUTADOS LEY DEL PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL



24 de Febrero de 2011

Boletín # 121

• El objetivo es que se convierta en política de Estado


El Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó el dictamen para la creación de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal. El objetivo es dar seguimiento a sus 2 mil 412 líneas de acción y supervisar que sean aplicadas por el Gobierno del Distrito Federal, este cuerpo legislativo y los organismos públicos autónomos.

Al razonar el dictamen en nombre de la Comisión de Derechos Humanos, el diputado David Razú Aznar explicó que el objetivo es garantizar que al convertirse en ley, este programa sea una política de Estado.

Aseguró que con la participación de los ciudadanos en el seguimiento y evaluación, dicha ley permitirá garantizar su transparencia. En materia presupuestaria no implica costos distintos para la materia, porque será el mismo que fue aprobado en diciembre de 2010.

Aclaró que este programa no es una norma como la que existe a nivel nacional, sino una ley del programa cuya diferencia no consagra derechos, no hace un catálogo específico de éstos, sino sólo se dedica a normar las actividades y las obligaciones de diversas instancias de la administración pública local.

En el título II, referente a las políticas públicas, destaca en el artículo 11 que estas política públicas se sujetarán a los principios de integralidad, intersectorialidad, participación social, universalidad, intergubernamentalidad, coordinación, transparencia, rendición de cuentas, igualdad, equidad social.

Además de los principios de equidad de género, justicia distributiva, diversidad, efectividad, territorialidad, exigibilidad, no discriminación, sustentabilidad, pluralidad, progresividad y máximo uso de recursos disponibles

En el título III, sobre el Mecanismo de Seguimiento y Evaluación indica que estará conformado por el Comité de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, espacios de participación para el seguimiento del programa y la secretaría ejecutiva.

Otro aspecto importante es el de la rendición de cuentas, del Título V, donde señala que la secretaría ejecutiva deberá presentar ante el comité informes trimestrales y anuales, así como del ejercicio presupuestal del mecanismo.

Otro capítulo señala que las resoluciones y sentencias emitidas por órganos y tribunales internacionales de derechos humanos, cuya competencia haya sido reconocida por el Estado mexicano, gozarán de fuerza obligatoria en el Distrito Federal.

La ley consta de seis títulos con un total de 36 artículos: Principios Generales; Políticas Públicas en Materia de Derechos Humanos; El mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa; Los Recursos Económicos en Materia de Derechos Humanos; Rendición de Cuentas y Protección Internacional de los Derechos Humanos.






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