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APRUEBAN DIPUTADOS PROTECCIÓN A MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY



19 de Febrero de 2015

Boletín # 028

• ALDF aprobó reformar el Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles para brindar garantías a niños y adolescentes infractores

• Reformas buscan proteger los derechos de los niños y que el DIF brinde asistencia social a los menores durante los juicios especiales

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó por mayoría reformas y adiciones al Código de Procedimientos Civiles y al Código Civil, ambos del Distrito Federal, para garantizar el respeto a las prerrogativas de los menores infractores cuando enfrenten un proceso ante el juez por la comisión de un delito.

Al sustentar las reformas al Artículo 436 del Código de Procedimientos Civiles y al 447 del Código Civil, el diputado del PRD Gabriel Godínez Jiménez, presidente de la Mesa Directiva del Periodo Extraordinario e integrante de la Comisión de Administración e Impartición de Justicia, expresó que estas nuevas disposiciones permitirán tener una legislación menos inquisitoria con los menores y que garantice en todo momento los derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en conflicto con la ley, en estricto apego al espíritu de la Convención Internacional de los Derecho del Niño, suscrita por México.

Estas reformas amparan a los menores de entre 6 y 12 años que cometan algún delito tipificado en el Código Penal, y les brinda la protección y asistencia social a que tienen derecho por parte del Estado.

Establecen que el Ministerio Público que lleve un caso, donde esté implicado un menor en calidad de infractor, deberá enviar el expediente del mismo al Sistema DIF del Distrito Federal, quien deberá brindar la asistencia social que corresponda e informar al Juez de lo Familiar de su intervención en el caso, debiendo también brindar la información correspondiente al menor que coadyuve a una sentencia justa.

Las nuevas disposiciones establecen que, de acuerdo a derecho, el Juez de lo Familiar que lleve el caso podrá tomar medidas para garantizar la enmienda, seguridad y buena crianza del menor, desde recomendar asesorías psicológicas, reinsertarlo en un domicilio con un familiar alterno o con una familia distinta, hasta retirarle a sus parentales, temporal o definitivamente, la patria potestad.