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APRUEBAN LEGISLADORES REGULAR ACTIVIDADES EN ESTÉTICAS Y CLÍNICAS DE BELLEZA



23 de Julio de 2010

Boletín # 651

Para evitar que cientos de capitalinos acudan a instituciones de asistencia social federales o locales con secuelas o padecimientos graves por haberse sometido a una cirugía estética o reconstructiva mal practicada, la Comisión de Salud de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, aprobó diversas reformas a la Ley de Salud local.

La presidenta de esta Comisión, Maricela Contreras Julián, informó que las modificaciones regularán el servicio que ofrecen las clínicas de embellecimiento y estética, ya que actualmente en algunos de estos establecimientos mercantiles el personal que labora en ellos no sólo no está capacitado, sino hacen procedimientos fuera de la norma.

“Hay estéticas que con botox o rellenos buscan modificar la forma del cuerpo y la mayoría de veces utilizan procedimientos quirúrgicos, por ello es necesario regular el funcionamiento de este tipo de establecimientos”, detalló.

Por unanimidad, los legisladores establecieron que las clínicas médicas de belleza, centros de mesoterapia y similares son los únicos negocios o unidades dedicadas a la aplicación de procedimientos invasivos relacionados con cambiar o corregir el contorno de la cara y cuerpo, que requieren de intervención médica, se regirán por la Ley General de Salud federal.

Las reformas determinan que si en alguna peluquería, estética, salón de belleza y masaje, centro de arreglo estético de uñas de manos y pies, de tratamientos capilares, faciales y corporales de belleza al público y similares no podrán realizar tratamientos invasivos como infiltraciones o implantaciones.

La Comisión de Salud estableció la prohibición para que las personas que no cuenten con el título de médico cirujano expedido por las instituciones de enseñanza superior puedan realizar este tipo de tratamientos.

No se podrán utilizar productos de belleza o similares no autorizadas por las autoridades competentes, así como la práctica de procedimientos de embellecimiento que representen un riesgo para la salud.

Está prohibida la aparatología, infiltraciones o implantaciones de sustancias relacionadas con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo que requieran intervención médica.

Respecto de los establecimientos dedicados al fisioculturismo, ejercicios aeróbicos y deportes en general, el dictamen aprobado y que será discutido ante el pleno de la ALDF, señala que deben acreditar que sus instructores y profesores tengan la preparación técnica o profesional reconocida por alguna institución autorizada por el sistema educativo nacional.

La legisladora señaló que de acuerdo a los datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la demanda de métodos de embellecimiento ha aumentado en 80 por ciento, además de que el país ocupa el segundo lugar en número de cirugías estéticas en América Latina, siendo las más frecuentes las operaciones de nariz, colocación de implantes mamarios y liposucción.




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