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APRUEBAN MODIFICACIONES AL CÓDIGO PENAL PARA CASTIGAR CONDUCTAS VIOLENTAS EN MANIFESTACIONES Y EVENTOS PÚBLICOS



19 de Noviembre de 2013

Boletín # 604

• Estas disposiciones no criminalizan la movilización y la protesta social, aclara diputado Arturo Santana

Con el fin de inhibir y castigar la conducta violenta de personas o grupos hacia las autoridades, como lesiones, homicidios, daños a la propiedad pública y privada por parte de quienes desvirtúan las genuinas movilizaciones sociales o cualquier evento público de esparcimiento deportivo o de recreación y pretenden con ello desestabilizar la gobernabilidad en la Ciudad de México, el Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó con 38 a favor, seis votos en contra y una abstención, el dictamen para reformar los artículos 130, 123, 241 y otros más del Código Penal del Distrito Federal.
Al fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, el diputado Arturo Santana Alfaro explicó que lo anterior ha sido una demanda de la ciudadanía que ha venido presentándose de manera latente en los últimos meses a partir del primero de diciembre de 2012, cuando en algunas marchas se registraron hechos de violencia.
El diputado resaltó que siendo los organismos de seguridad pública los encargados de velar por la seguridad y brindar protección a todos los habitantes de la capital, esta labor ha sido limitada en los últimos meses, y el respeto por la investidura que representan se ha rebasado con muestras de prepotencia y violencia hacia estos cuerpos policíacos, ocasionando con ello ataques a la paz pública, lesiones, amenazas, daño en propiedad ajena, robo, etcétera.
La penalidad ha aumentado para los cuerpos de seguridad pública cuando éstos cometen alguna falta, y el diputado explicó que los bienes jurídicos de la sociedad se encuentran perfectamente tutelados siendo que existe la imposición de penas contra los representantes de la autoridad con la finalidad de frenar el exceso en el ejercicio del poder público.
No obstante, expresó, los excesos en la manifestación de los principios constitucionales que les son otorgados a los individuos, como la libre manifestación de las ideas, no deben permitirse en opresión a la norma y del ejercicio del poder público.
Por ello es impostergable adoptar medidas jurídicas necesarias como medida de prevención con el fin de evitar que se continúe agrediendo tanto física como verbalmente a los cuerpos policíacos.
Explicó que este perfeccionamiento del marco jurídico se hace con la única finalidad de garantizar la protección a los derechos humanos, el acceso a la procuración de justicia, el respeto a las libertades y a las instituciones para propiciar bienestar, prosperidad, mantenimiento del orden y convivencia social, así como salvaguardar los bienes y las propiedades públicas y privadas de todos los capitalinos.
El diputado destacó que el DF es la entidad en donde más manifestaciones, marchas, plantones, congregaciones y eventos públicos diversos se realizan, pero desafortunadamente las protestas se han pretendido desvirtuar con la infiltración de pseudomanifestantes, por lo que esta VI Legislatura de buscar los caminos necesarios para inhibir y combatir de manera eficaz esta problemática y que exista protección y garantías para los cuerpos policiales, que en el ejercicio de su deber son los encargados de brindar certeza y seguridad a los capitalinos.
Abundó que no debe tolerarse que existan personas que bajo el anonimato de una máscara o de un pasamontañas lastimen y lesionen a los encargados de velar por la seguridad, lo cual resulta vergonzoso; lamentó que se realicen daños hacia los monumentos, edificios históricos y comercios, así como saqueos bajo el supuesto del ejercicio de un derecho.
Señaló que las policías deben aplicar a cabalidad los protocolos de actuación, centrarse en vigilar la integridad de las personas y edificios públicos estratégicos, mostrar actitud firme, tolerante y disciplinada, además de buscar el diálogo antes que utilizar el uso de la fuerza.
El diputado aclaró que estas disposiciones no criminalizan la movilización y la protesta social, pero tampoco se permitirán excesos que atenten contra la libertad de las personas, las lesiones u ocasionen daños en propiedad pública o privada.
La reforma consiste en incrementar hasta la mitad las penas del castigo, por ejemplo, en el delito de homicidio en contra de elementos de corporaciones policiales en el ejercicio de sus funciones, por motivo de marchas, concentraciones, manifestaciones, mítines o cualquier evento público de esparcimiento, deportivo o de recreación.
Ese mismo tipo penal se incrementarán a la mitad, cuando se realicen lesiones dolosas contra elementos de corporaciones policiales; el mismo caso aplica por motivos de robo y daños a la propiedad.

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