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APRUEBAN REFORMAS A LEY DE TRANSPARENCIA



27 de Junio de 2011

Boletín # 448

Con la finalidad de contar con una de las legislaciones más avanzadas en rendición de cuentas en el mundo, la Comisión de Transparencia a la Gestión de la Asamblea Legislativa aprobó diversas reformas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

“Hay que decir que es un paso hacia delante en materia de transparencia en la Asamblea Legislativa; ojalá en un futuro se puedan construir más avances en el tema”, aseguró la presidenta de la comisión, Lía Limón García, quien además resaltó el esfuerzo y la voluntad de los diferentes grupos parlamentarios para lograr el consenso en este dictamen que será presentado ante el Pleno durante el próximo Periodo Extraordinario de Sesiones.

Entre las reformas aprobadas está cambiar el nombre del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal por el de Instituto de Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

Los comisionados ciudadanos durarán en su encargo un periodo de seis años, serán renovados de manera escalonada y no podrán reelegirse. Al respecto, la diputada Lía Limón explicó que para instrumentar el relevo escalonado de los comisionados que integran el instituto, por única ocasión, quienes terminen su encargo en 2012, podrán presentar su candidatura para cubrir otros tres años y sólo será uno el electo para este periodo.

En materia de partidos políticos, los diputados decidieron mantener actualizada la información que se considera pública y que se detalla en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del DF.

La Asamblea Legislativa deberá transparentar los convenios, acuerdos de colaboración o figuras análogas que se celebren, señalando el nombre o razón social del ente, su duración y compromisos adquiridos.

Así también los recursos económicos que de conformidad con el Reglamento para el Gobierno Interior de la ALDF entrega el órgano legislativo a los diputados independientes, grupos parlamentarios o coaliciones, así como los informes que presenten sobre su uso y destino final.

Los legisladores deberán detallar los recursos públicos que reciban para sus informes de actividades.

Los entes reducirán los tiempos de resolución de los recursos de revisión, disminuyen de 20 a 10 días la prórroga para emitir su resolución.

En los portales de Internet se deberá incluir una relación del número de recomendaciones emitidas al ente por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y el seguimiento a cada una de ellas, así como el avance y establecimiento de las líneas de acción del Programa de Derechos Humanos.

Los entes públicos están obligados a promover y fomentar la cultura de la información a través de medios impresos y con la utilización de expedientes electrónicos, con el fin de hacer más eficiente el acceso a la información pública.

Se obliga a los entes a publicar de oficio: el número de contrato, la fecha, el monto y el plazo de entrega o de ejecución de obra licitada, los mecanismos de vigilancia, supervisión y estudios de impacto urbano y ambiental.

Se establece una nueva obligación para el Ejecutivo local para que en su información pública dé a conocer usos de suelo a través de mapas y planos georreferenciados.

Se deberá contar con un sistema electrónico con el uso de un tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos. Asimismo el listado de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, registro de manifestación y dictámenes de las obras que se llevan a cabo en cada una de las demarcaciones.


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