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ARRESTO A QUIENES INGIERAN BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LUGARES PÚBLICOS

ARRESTO A QUIENES INGIERAN BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LUGARES PÚBLICOS

20 de Diciembre de 2010

Sanciones preventivas que van del arresto de 20 a 36 horas a quienes ingieran bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados y multas, fueron aprobadas por el Pleno de la Asamblea Legislativa al reformar la Ley de Cultura Cívica.

Del mismo modo se castiga el consumir, ingerir, inhalar o aspirar estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias toxicas en lugares públicos, independientemente de los delitos en los que se incurra por la posesión de éstos.

En nombre de comisiones unidas de Seguridad Pública y Administración y Procuración de Justicia, el diputado Julio César Moreno presentó el dictamen que establece que el objetivo de esta sanción es establecer reglas mínimas de comportamiento cívico, ya que existen conductas cuya realización impactan con mayor gravedad en la convivencia social, y por ende en la percepción general del orden público y la seguridad ciudadana,

Explicó que el uso indebido de alcohol y drogas tiende a generar conductas antisociales, que se reproducen fácilmente hasta convertirse en grandes faltas a la normatividad. El arresto de personas mayores de 11 años, que sean sorprendidos ingiriendo bebidas alcohólicas en la vía pública, serán acreedores de una sanción.

La magnitud de la sanción deberá ser determinada por el juez cívico, de acuerdo con lo que establece la reforma del artículo 25 de la Ley de Cultura Cívica que señala que además de la opción de ingresar al infractor en un programa de rehabilitación, estas medidas salvaguardarán la sana convivencia y evitan la violación de las garantías de los ciudadanos con problemas de adicciones.