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Asambleístas dan atribuciones legales a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de la CDMX 

Asambleístas dan atribuciones legales a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de la CDMX 

19 de Octubre de 2016

La Comisión de Atención al Desarrollo de la Niñez de la Asamblea Legislativa dictaminó establecer atribuciones legales a la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México, incorporando además a esta comisión y a la de Hacienda al Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA CDMX) con la intención de garantizar la protección, prevención y restitución integral de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes.

Con el voto unánime de los asambleístas, la iniciativa propuesta por la diputada Penélope Campos González, establece como rubro importante que la Procuraduría de Protección además de promover la articulación familiar, debe implementar el plan de restitución de derechos, en coordinación y colaboración con las instituciones o centros de asistencia social que brindan alojamiento a niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental. Igualmente, debe dar seguimiento a la atención integral de la población infantil que, si bien cuenta con cuidado parental, recibe algún servicio por parte de esas instituciones.

“Se deben tomar las medidas necesarias para implementar, en coordinación con la Procuraduría de Protección, un plan de restitución de derechos de la población infantil y adolescente que alojan; contar con un registro de niñas, niños y adolescentes que atienden que contenga la información jurídica en la que se encuentran; brindar la información que le requiera la Procuraduría de Protección, respecto de la atención integral que otorgan a niñas, niños y adolescentes canalizados por cualquier autoridad del orden local, federal o municipal, o por su familia de origen o extensa”, dijo la asambleísta perredista.

En el dictamen, también se contempla alimentar el Sistema de Información que prevé la Ley de Cuidados Alternativos y proporcionar los datos que permitan contribuir a la integración y sistematización del Registro de Centros de Asistencia Social, Nacional y de la Ciudad de México. Además, para evitar cualquier caso de incumplimiento respecto de estos deberes, se adicionaron a la ley las medidas de apremio y sanciones administrativas que correspondan.

Por último, señaló que la incorporación de las Comisiones de Atención al Desarrollo de la Niñez y de Hacienda como órganos legislativos en la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México, tiene como finalidad coadyuvar en la defensa, promoción y protección de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes que habitan y transitan en la Ciudad de México, y asignar los recursos financieros necesarios que garanticen el adecuado ejercicio del Sistema de Protección Integral.