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Avance significativo en proyecto de Ley de Alcaldías: Luna



22 de Marzo de 2017

Boletín # 367

- Con la colaboración de todos los grupos parlamentarios será posible sacar una verdadera ley de avanzada a favor de los habitantes de la Ciudad de México


La Asamblea Legislativa del Distrito Federal prepara el proyecto de iniciativa de la Ley de Alcaldías de la Ciudad de México, la cual lleva un avance significativo y será presentada ante el Pleno muy pronto, aseguró el diputado Leonel Luna Estrada, presidente de la Comisión de Gobierno, quien destacó que el objetivo principal de esta ley será promover la participación ciudadana en la toma de decisiones y en el control de los asuntos públicos.

El legislador dio a conocer algunos puntos que contendrá la iniciativa de esta ley.
Principalmente, dijo, busca rescatar el espíritu de la Constitución Política de la Ciudad de México que es promover una relación de proximidad y cercanía del gobierno con los habitantes. Y un paso trascendental, indicó, será convertir las delegaciones políticas en alcaldías y formar concejos que se conviertan en verdaderos contrapesos para los alcaldes.

El diputado Leonel Luna consideró importante que las alcaldías cuenten con las estructuras orgánicas y administrativas que les permitan cumplir de manera eficaz y eficiente con las funciones públicas que tienen encomendadas y prestar los servicios públicos que les corresponde, de manera próxima y cercana con la población.

El objeto de la Ley de Alcaldías de la Ciudad de México, cuya iniciativa está prácticamente lista, será regular y establecer las bases para la integración, organización, administración, funcionamiento y atribuciones del gobierno y de la administración pública de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

El legislador comentó que en el proyecto de iniciativa se precisa cuál es el número y las denominaciones de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; se señalan cuáles son los derechos y deberes de los habitantes y se establece el deber de las alcaldías de promover el desarrollo de las lenguas, cultura, usos y costumbres de los pueblos, barrios originarios y comunidades indígenas.


Entre las competencias que tendrán las alcaldías estará todo lo relativo a la obra pública, desarrollo urbano, servicios públicos, movilidad, vía pública, seguridad ciudadana, espacio público, desarrollo económico y social, todo lo relativo a la educación, cultura y deporte; protección al medio ambiente, rendición de cuentas y participación social, entre otras.

El alcalde o alcaldesa, comentó el diputado Leonel Luna, tendrá facultades exclusivas para vigilar y verificar administrativamente el cumplimiento de las disposiciones, así como aplicar las sanciones que correspondan en materia de establecimientos mercantiles, estacionamientos públicos, construcciones, edificaciones, mercados públicos, protección civil y ecológica, anuncios, uso de suelo, cementerios, servicios funerarios y de alojamiento, protección de no fumadores y desarrollo urbano.

Así también, dijo, el concejo tendrá la facultad de aprobar, sujeto a las previsiones de ingresos de la hacienda pública de la Ciudad de México, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de su demarcación que enviarán al Ejecutivo local para su integración al proyecto de presupuesto de la Ciudad de México para ser remitido al Congreso de la Ciudad; o bien las facultades, entre otras más, de aprobar el programa de gobierno de la alcaldía o los programas específicos de la demarcación territorial.

Establece el deber de las y los integrantes de las alcaldías de garantizar la participación de las y los habitantes de la demarcación territorial en los asuntos públicos que sean de su interés, a través de los mecanismos de participación ciudadana que reconoce la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México.

Por último, destacó un capítulo relativo a la responsabilidad patrimonial de las alcaldías, por los daños que con motivo de su actividad administrativa irregular, causen en los bienes o derechos de los particulares. En dicho supuesto, dijo, se estará a lo que dispone la Ley de Responsabilidad Patrimonial de la Ciudad de México.