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BUSCAN GARANTIZAR DERECHOS CONYUGALES DE PERSONAS DEL MISMO SEXO

BUSCAN GARANTIZAR DERECHOS CONYUGALES DE PERSONAS DEL MISMO SEXO

02 de Febrero de 2014

Para evitar situaciones como la ocurrida en Puebla, en donde en días recientes la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia otorgó un amparo post mortem, a favor de José Alberto Gómez Barroso, quien en vida intentó afiliar al Instituto Mexicano del Seguro Social a su cónyuge del mismo sexo, el diputado Vidal Llerenas Morales propondrá adicionar un tercer párrafo al Artículo 164 del Código Civil en el Distrito Federal.

Esto, con el propósito de realizar un análisis relacionado con los derechos derivados del matrimonio, de tal modo que se refiera expresamente que: para los efectos de los demás ordenamientos jurídicos, en particular para aquellos que confieren beneficios, prestaciones y regulen la seguridad social para los cónyuges, no podrá hacerse distinción alguna en razón de su sexo.

“Debemos garantizar que en el Distrito Federal no haya discriminación, ni se excluya el otorgamiento de derechos de los cónyuges del mismo sexo en los matrimonios. Deben respetarse sus derechos y su libertad de preferencias y no permitir argumentos como el del IMSS en el caso Gómez Barroso, en donde se negaron a reconocer los derechos derivados del matrimonio por tratarse del mismo sexo”, expresó el legislador perredista.

Cabe recordar que en 2009 se realizaron diversas reformas al Código Civil del Distrito Federal para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo al igual que en la figura de la adopción.

“A pesar de que la definición de la figura del matrimonio es clara al determinar que ésta puede darse entre dos personas sin especificar el sexo, como antes se regulaba, es necesario que se precise y especifique en el capítulo de derechos y obligaciones de manera expresa que todos los derechos que nacen con motivo del matrimonio son iguales para los cónyuges sin importar su sexo y en consecuencia, precisión que es importante para evitar discriminaciones cuando se dé la aplicación a los efectos de otros ordenamientos”.

Llerenas Morales, destacó que la importancia de la SCJN estriba en que se determina que las personas que estén casadas y sean del mismo sexo tienen el derecho a exigir y reclamar los mismos beneficios que otorga la ley a matrimonios heterosexuales, ya que el sexo de los cónyuges no puede seguir siendo motivo de discriminación.

“En 2009 la ciudad de México dio un paso muy importante al legalizar los matrimonios entre personas del mismo sexo, no podemos permitir que casos como el de José Alberto Gómez Barroso se replique en la ciudad, por ello vamos a proponer esta adición al Código Civil que brinde seguridad social en cualquier institución y beneficios a todos aquellos que se encuentren dentro de un matrimonio”.