BUSCARÁ REPARACIÓN DE DAÑO POR DISCRIMINACIÓN
22 de Noviembre de 2011
Al reconocer que en nuestro país prevalecen distintas formas de discriminación hacia grupos minoritarios, el diputado del Partido Acción Nacional en la Asamblea Legislativa, Federico Manzo Sarquis, presentó una iniciativa para adicionar un artículo 6 bis a la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Distrito Federal y de reforma al artículo 3 fracción I de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del DF.
“La discriminación tiene su origen en prejuicios o estigmas que se manifiestan en acciones u omisiones, con intención o sin ella, sin causa razonablemente justificable, que niegan, restringen, excluyen o impiden alguno o algunos de los derechos humanos de las personas, sobre minorías, grupos colectivos u otros análogos”, destacó el legislador del PAN al presentar la iniciativa en tribuna durante la sesión de este martes.
De acuerdo a los resultados de la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México 2012, dijo Manzo Sarquis, en nuestro país prevalecen distintas formas de discriminación hacia estos grupos vulnerables, entre los que se encuentran personas con capacidades distintas, condición social, de salud o grupos indígenas y personas con preferencias sexuales distintas.
Abundó que estos resultados revelan que seis de cada diez personas consideran que lo que más divide a la sociedad es la riqueza; cuatro de cada diez mexicanos no están dispuestos a que en su casa vivan personas homosexuales; mientras que tres de cada diez, rechazan convivir con personas con VIH SIDA.
En esta encuesta, La población mexicana considera que los derechos de diversos grupos vulnerables se respetan poco o nada, principalmente en relación a las personas homosexuales, lesbianas, migrantes e indígenas. Por lo tanto, tres de cada diez personas de nivel socioeconómico bajo consideran que sus derechos no son respetados por esa condición o por su color de piel.
“En consecuencia se propone adicionar un artículo 6 bis en la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Distrito Federal, a efecto de que toda conducta discriminatoria en la que se genere una afectación por parte de quien la sufre, dará lugar a la reclamación del daño moral ocasionado por los particulares o autoridades”, explicó Manzo Sarquis.
Dicha adición es:
Artículo 6 bis.- La conducta discriminatoria previamente determinada por autoridad competente, dará lugar a la reparación del daño moral ocasionado por los particulares o autoridades.
En cuanto a la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal, la reforma al Artículo 3, Párrafo I, considera la inclusión del derecho humano a la no discriminación a fin de que el daño moral será reparado.
Artículo 3.- Para efectos de esta Ley se entenderá por:
I. Actividad administrativa irregular: aquella que cause daño a los bienes y derechos de los particulares, incluyendo el derecho humano a la no discriminación, siempre que se sea consecuencia del funcionamiento irregular de la actividad o servicios públicos, que no se haya cumplido con los estándares promedio de funcionamiento de la actividad o servicio público de que se trate y que exista la relación causa efecto entre el daño ocasionado y la acción administrativa irregular imputable a los entes públicos.
“Se considera necesaria la reforma planteada porque el hecho de que se establezca la obligación de reparar el daño moral en caso de discriminación supone que éste se ha causado, y ello requiere ser acreditado puntualmente, lo cual tocará apreciar en cada caso al juzgador con vista a la causa eficiente del daño y al bien jurídico involucrado”, explicó el Dip. Federico Manzo Sarquis.
Esta iniciativa fue remitida a las comisiones legislativas correspondientes para su análisis y posterior dictamen.