CASTIGO A QUIEN LUCRE CON DESEMPLEADOS
27 de Abril de 2011
Con el fin de castigar a quienes lucran con los desempleados en el Distrito Federal, la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la Asamblea Legislativa aprobó un dictamen para adicionar el artículo 233 Bis del Código Penal para el Distrito Federal
En dicho dictamen se aplica una sanción de seis meses a 10 años de prisión, y de 400 a 4 mil días de multa, a quien con fines de lucro para sí o para otra persona, por medio de engaños ofrezca por un empleo que resulte falso o inexistente en perjuicio del patrimonio del solicitante.
En la propuesta presentada por el presidente de dicha comisión, Julio César Moreno Rivera, se denuncia que supuestas empresas publicitan en cualquier medio de comunicación, tanto impresos o en páginas web, la oferta de empleo o vacantes en el extranjero.
Estas ofertas implican el desembolso económico de los aspirantes desempleados, sumas que si bien no son excesivas, sí representan un monto importante para quienes se encuentran en esta situación.
En el dictamen se explica que dichas empresas desaparecen y no cumplen con lo ofertado, lo que deriva en una estafa que afecta la economía de quienes de buena fe se acercan a los despachos en busca de un empleo.