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CELEBRA APROBACIÓN DE REFORMAS A LA LEY DE CULTURA

CELEBRA APROBACIÓN DE REFORMAS A LA LEY DE CULTURA

22 de Marzo de 2012

Con la aprobación de las reformas a la Ley de Cultura del Distrito Federal que integran la obligatoriedad de elaborar Planes de Manejo y de Salvaguarda, se coloca a la Ciudad de México a la vanguardia en la preservación de su Patrimonio Cultural.

Así lo señaló el diputado local del PRD, Leonel Luna Estrada, quien se congratuló por la aprobación a la iniciativa que presentó para garantizar la salvaguarda y protección de sitios con un alto valor histórico, principalmente de aquellos que ya han sido declarados como Patrimonio Cultural Tangible e Intangible de la Ciudad, como es el caso de la colonia San Ángel, en la Delegación Álvaro Obregón.

Indicó que la Organización de las Naciones Unidad para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) ha adoptado como parte esencial de la gestión de patrimonio cultural los Planes de Manejo y Planes de Salvaguarda.,

“Al contar con estas figuras, la Ciudad de México se vuelve a colocar a la vanguardia en la preservación de su Patrimonio Cultural”, dijo el integrante de la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana.

Explicó, con la creación de los Planes de Manejo y de Salvaguarda, se obliga a las autoridades locales a precisar los recursos que se deberán destinar para las medidas referentes a la integridad y mantenimiento del bien; así como las obligaciones de los órganos participantes de la Administración Pública, para cada caso.

Indicó que el dictamen aprobado por el pleno de la ALDF, establece que los Planes de Manejo serán un instrumento de corto y largo plazo que establecen los valores, significados, objetivos estratégicos, programas y acciones, así como sus recursos de seguimiento y evaluación para preservar el patrimonio cultural declarado.

El Plan de Manejo, explicó, será un requerimiento específico para la conservación de los inmuebles, espacios o zonas declarados, con el objetivo de establecer las medidas para su mantenimiento, resguardo, conservación y, en su caso recuperación, así como las tareas que en ello correspondan a las autoridades del Gobierno Central ya las autoridades delegacionales.

Mientras que el Plan de Salvaguarda será el requerimiento específico para la conservación de las manifestaciones, tradiciones y bienes culturales declarados, con el objetivo de establecer las medidas de salvaguarda, registro, preservación y fomento, así como las tareas que en ello correspondan a las autoridades del Gobierno Central y a las autoridades delegacionales.

Además, dichas reformas, elevan a rango la ley la operación de un Centro de Información del Patrimonio Cultural, dependiente de la Secretaría de Cultura, que será el encargado de elaborar un Registro del Patrimonio Cultural de la ciudad y contará también información sobre las iniciativas de declaratoria de patrimonio cultural tangible e intangible; el padrón de asociaciones civiles, patronatos, fondos y fideicomisos creados con el objeto de contribuir a la salvaguarda del patrimonio cultural, entre otros.

Este centro, dijo, deberá coordinarse con los encargados de realizar una labor similar en el ámbito federal e internacional, pues en la actualidad no existe un ordenamiento legal que obligue al INBA, al INAH y a la Secretaría de Cultura local para que se trabaje de manera conjunta en la restauración, rescate, protección y conservación de sitios y monumentos histórico culturales.