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LA COBRANZA ILEGÍTIMA ES DESDE HOY UN DELITO: OLIVIA GARZA

LA COBRANZA ILEGÍTIMA ES DESDE HOY UN DELITO: OLIVIA GARZA

22 de Agosto de 2014

Este viernes fue promulgado en la Gaceta del Distrito Federal el delito de Cobranza Ilegitima con la formulación del artículo 209 bis del Código Penal del Distrito Federal, promovido por la Diputada del Grupo Parlamentario del PAN en la Asamblea Legislativa del DF, Olivia Garza de los Santos, el cual sanciona a aquellos despachos de cobranza que recurren a medidas intimidatorias y documentación falsa para requerir el pago de deudas.

"Con esta promulgación se busca proteger del acoso a los ciudadanos que por diversas circunstancias incurrieron en morosidad de una deuda, sin embargo, dicha figura no exime del pago, pues lo que se pretende es evitar el uso de documentación falsa para presionar al deudor", explicó.

Asimismo, la Vicepresidenta de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia subrayó que esta reforma es de visión social, pues derivado de la situación económica nacional, el ingreso de los ciudadanos ha disminuido lo que conlleva a que caigan en mora de sus deudas contraídas, por lo que, dijo, se busca proteger al ciudadano sin descuidar su obligación frente a su acreedor. “Lo que se busca es garantizar la tranquilidad emocional de los capitalinos evitando cualquier tipo de acoso”.

Garza de los Santos expuso que al día de hoy las actuaciones de cobranza extrajudicial efectuadas por particulares, al pretender ejercer un derecho, emplean diversos medios de coacción y amenazas para obtener la satisfacción de sus intereses, teniendo entre sus prácticas más comunes realizar llamadas en la noche, en la madrugada, en fines de semana o envían cartas intimidatorias y amenazantes a hogares y lugares de trabajo de las personas que continúan en sus bases de datos, alejándose de todo medio permitido por la ley para ejercer el propio derecho, incluso, dijo, llegando a la simulación de actos y/o documentos judiciales o administrativos, pretendiendo ejercer atribuciones que sólo le corresponden a una autoridad.

Destacó que a partir de hoy, por ningún motivo, deben enviarse al deudor documentos que aparenten ser escritos judiciales; comunicaciones a terceros ajenos a la obligación, ya sea por medio de altavoces o cualquier otro medio de comunicación, en las que se dé cuenta de la morosidad.

La legisladora de Acción Nacional reiteró que se debe prestar atención e implementar las acciones necesarias para evitar abusos contra los usuarios de créditos, que por diversas circunstancias han caído en morosidad, sin incentivar la cultura del no pago, para lo cual, señaló, debe fortalecerse la educación financiera de la población para que su capacidad de endeudamiento sea acorde a sus ingresos.

El objetivo de este artículo, abundó, es sancionar a personas de despachos jurídicos, contables o cualquier otro representante de bancos, tiendas departamentales, o cualquier otra institución que otorgue un crédito, que mediante amenazas, violencia, intimidación u hostigamiento físico o telefónico pretendan cobrar el saldo de una deuda contraída; la cobranza no deberá ser fuera de los procedimientos judiciales, ni empleando amenazas, violencia, intimidación u hostigamiento reiterado, además de la sanción que corresponda si para tal cometido se emplean documentación, sellos falsos o se usurpen funciones públicas o de profesión.

“De igual manera, se busca castigar a las empresas de cobranza que el día de hoy realizan estas prácticas atentatorias a la dignidad de las personas al obligarlas a la reparación del daño correspondiente”, concluyó.