COMISIÓN DE HACIENDA REFORMA CÓDIGO FISCAL DEL DF
25 de Abril de 2012
Boletín # 222
• Reduce precios de copias fotostáticas simples de información pública
Reformas al Código Fiscal del Distrito Federal condonan el pago de suministro de agua de uso doméstico y mixto a 11 colonias de Iztapalapa que la reciben de manera irregular o por tandeo y reduce el precio de las copias fotostáticas simples de información pública
En reunión de trabajo de la Comisión de Hacienda, se aprobó el dictamen por el que se condona el pago total de derechos de suministro de agua a 11 colonias de la delegación Iztapalapa.
En tanto, se incluyen al pago de cuota fija ocho colonias de la delegación Álvaro Obregón, 10 de Gustavo A. Madero, 7 de Iztapalapa, 4 de Magdalena Contreras, dos de la delegación Tláhuac, 15 de Tlalpan y 9 de Xochimilco,
En otras reformas aprobadas se fortalece el derecho a la información y se brindan herramientas para la utilización de los recursos devueltos en otras contribuciones y aprovechamientos.
El dictamen aclara que el costo de la información que están obligados a proporcionar los entes públicos no debe tener fines recaudatorios, sino sólo cubrir el costo de reproducción; es decir, que la entrega de información debe ser al menor costo posible.
Por tal motivo la reforma al artículo 249 del Código Fiscal del Distrito Federal representa un beneficio para la ciudadanía, al reducir el costo de la copia simple de un peso con 50 centavos a solo un peso.
Otra modificación establece que para espectáculos públicos masivos celebrados por particulares que afecten las funciones de control, supervisión y regulación de tránsito de personas y vehicular, la Secretaría de Seguridad Pública cobrará 530 pesos por cada elemento y 539 por unidad vehicular.
Señala también que las autoridades fiscales están obligadas a devolver las cantidades pagadas indebidamente, a través de una solicitud de devolución, por lo que ahora la devolución o el certificado de devolución expedido por la autoridad se podrá utilizar para cubrir cualquier contribución o aprovechamiento.
De esta manera, los contribuyentes podrán optar por compensar las cantidades que tengan en favor contra, ya sea derivado de una misma contribución, un mismo aprovechamiento o de contribuciones y aprovechamientos distintos, siempre que se concentren en la Tesorería.
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