CONTINUARÁ CFE ACTUANDO CON IMPUNIDAD CONTRA USUARIOS
03 de Febrero de 2014
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) seguirá violando los derechos de los usuarios de energía eléctrica con toda impunidad, ya que la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de que la paraestatal podrá ser demandada ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, no ofrece al ciudadano inconforme una resolución rápida y expedita.
Así lo comentó el diputado Alejandro Ojeda, quien agregó que mientras los actos autoritarios como el corte de energía eléctrica, la sustracción indebida de los medidores continúa y los cobros excesivos e ilegales, la SCJN envía a los ciudadanos a un largo camino legal que deberán llevar antes de obtener justicia.
Lamentablemente, dijo el asambleísta, la SCJN determinó que para defenderse de los actos arbitrarios de la CFE se debe iniciar un juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y únicamente por lo que hace a las violaciones derivadas de visitas de verificación y determinación por diferencias de consumo del fluido eléctrico.
Dicha decisión, advirtió el perredista, pasa por alto que la CFE no solo realiza esos actos, si no que convergen en ella la posibilidad de que pueda realizar cortes de suministro, lectura de medidores, imposición de multas y otras relacionadas a los actos de autoridad.
El legislador local mencionó que la Corte también olvidó que la energía eléctrica es consustancial frente a diversos derechos humanos, pues el hecho de que una persona se vea privada de este servicio vuelve imposible que tenga acceso a otros derechos.
Abundó que el criterio que hizo prevalecer la SCJN envía a los ciudadanos a que primero agoten un recurso administrativo que de acuerdo a los términos de la ley aplicable, el tiempo mínimo de respuesta es de 3 meses.
Una vez cumplido el plazo, señaló, se tendrá la posibilidad de iniciar el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, cuyos tiempos de emisión de sentencias son aproximadamente de hasta 3 años.
El diputado Ojeda opinó que con el criterio de la Corte, se está estableciendo un escenario que dista de la justicia pronta, completa e imparcial a la que todos tenemos derecho.
La segunda sala de la Suprema Corte y en su criterio que emitió cierra la puerta para que los ciudadanos puedan interponer juicios de amparo y de forma directa y así obtengan justicia pronta en tiempo breve.
“Nosotros tenemos diversos juicios de amparo en los que señalamos que la CFE si es autoridad en el juicio de amparo respecto del suministro y cobro de energía eléctrica y solicitaremos que la corte los analice ya que no estamos pidiendo que se resuelva más allá de lo que la misma constitución dicta y que ellos están obligados a cumplir”, detalló.
Consideró alarmante la situación en la que colocaron a los ciudadanos frente a la CFE, pues de acuerdo con el Magistrado Presidente Juan Manuel Jiménez Illescas del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en su informe de actividades en diciembre pasado, que en el trienio 2011-2013, la Sala Superior recibió 6 mil 755 asuntos ingresados, y emitió 6 mil 572 sentencias, es decir, en tres años resolvió el 95 por ciento de los asuntos que recibió.
Por todo lo anterior, insistió, se debe seguir trabajando para que se reconozca que la CFE es una autoridad y como tal debe responder ante los tribunales de amparo de cara a la sociedad.
Sostuvo que el criterio que emitió la segunda sala de la Suprema Corte, cierra la puerta para que los ciudadanos puedan interponer juicios de amparo y de forma directa y así obtengan justicia pronta en tiempo breve.
Puntualizó que las características de este organismo descentralizado son análogos a los de una autoridad; la CFE puede cortar el suministro sin acudir ante otra instancia, lo hace de forma unilateral, establece montos a cobrar por el servicio y dada la circunstancia de que es el único prestador del servicio materialmente coloca al usuario en una situación de imposición y desventaja comercial, económica y como consumidor.