CREAN DIPUTADOS LEY DE SERVICIOS PÚBLICOS URBANOS
30 de Abril de 2015
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley de Servicios Públicos Urbanos del Distrito Federal, para impulsar el desarrollo armónico y sustentable de la Ciudad de México
Con 31 votos a favor, tres en contra y cero abstenciones, los legisladores avalaron el dictamen suscrito por el diputado Víctor Hugo Lobo Román, a nombre de la Comisión de Administración Pública Local, con lo que la VI legislatura coadyuva con la obligación de garantizar la correcta funcionalidad y accesibilidad de la vía pública, el uso y aprovechamiento del subsuelo y de las instalaciones aéreas.
Al fundamentar el dictamen, Lobo Román señaló que este ordenamiento establece las disposiciones para asegurar y velar por un espacio público libre, digno, seguro, limpio y sustentable, donde todas las personas tengan derecho a convivir y transitar libremente.
Esta ley establece los criterios y lineamientos de coordinación entre las autoridades del Distrito Federal, cuyas facultades y atribuciones están relacionadas con la funcionalidad de la vía pública y su accesibilidad; la prestación de servicios urbanos y movilidad urbana
Con este ordenamiento se garantiza la atención y seguimiento de los reportes en la materia, con los que se busca promover y facilitar la interacción entre el sector público, social, privado, civil y académico.
Asimismo, se instauran las normas necesarias para garantizar el acceso de las personas con discapacidad a servicios de transporte, información tanto en zonas urbanas como suburbanas, y mandata que la Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México sea la instancia de enlace con la ciudadanía, a fin de generar propuestas y acciones de solución a la problemática urbana.
También fomenta la profesionalización de los servidores públicos; dispone el otorgamiento de recursos presupuestales específicos para la óptima funcionalidad de la vía pública, así como las facultades para verificar el cumplimiento de la ley.
Finalmente, establece como sanciones: la suspensión temporal de los trabajos; demolición, retiro de obstáculos o recomposición del sitio afectado con cargo al infractor; arresto administrativo hasta por 36 horas; revocación de licencia de construcción; y clausura total o parcial.