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CRECE CONSUMO DE INHALABLES ENTRE JÓVENES

CRECE CONSUMO DE INHALABLES ENTRE JÓVENES

12 de Abril de 2012

El pleno de la Asamblea Legislativa del D.F. aprobó el proyecto de Dictamen elaborado por la Comisión de Salud y Asistencia Social, respecto a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Salud del Distrito Federal y de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas del Distrito Federal, que presentó el diputado Horacio Martínez Meza, y que se relaciona con la venta de inhalantes, que en el Distrito Federal, representa la segunda sustancia psicoactiva de mayor uso en adolescentes en la Ciudad de México.

El diputado local señaló que la Encuesta Nacional de Adicciones 2008, establece que la marihuana ocupa el primer lugar de preferencia por los y las adolescentes (8.8%), le sigue el consumo de inhalables (6.7%), el de tranquilizantes (4.9%) y el de cocaína (3.3%).

Los inhalables son un tipo de sustancias psicoactivas que se definen más por su modo de administración precisamente inhalante, dado que son volátiles y que se utilizan para alterar el estado de emoción y mental de las personas., además de que son de fácil accesibilidad.

El uso de este tipo de drogas, se centra especialmente entre jóvenes de 13 y hasta los 17 años. Su popularidad es catalogada como el inicio del consumo de drogas, pues de acuerdo a la Encuesta Nacional de adicciones 2008, el 68.8% de personas menores de 17 años probaron algún inhalante como paso previo a cualquier otra droga.

Estudios de la Organización Panamericana de la Salud indican que el abuso de inhalables puede causar la muerte aún si se trata de la primera vez que se usan; además, su uso continuo provoca dependencia psíquica, creando una situación de necesidad de ingerirlo similar a otras drogas.

Es importante señalar que con la reformas aprobadas se establece la obligación del Gobierno del Distrito Federal de la prestación de servicios de prevención, atención, canalización, tratamiento, rehabilitación e integración comunitaria del consumo de sustancias psicoactivas; específicamente se atiende la problemática de los inhalables.

Además, se establece la obligación de las Delegaciones Políticas para que desarrollen programas administrativos para prohibir la venta o suministro, mediante cualquier forma, a menores de edad, personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o personas que no tienen capacidad para resistirlo, de sustancias inhalables que se determinen conforme a esta Ley y las disposiciones reglamentarias emitidas por las autoridades federales.

Por otra parte, se establece la obligación de las delegaciones en caso de tener conocimiento sobre la venta o suministro de sustancias inhalables, dar aviso al Ministerio Público sobre posibles conductas constitutivas de delito en términos de la legislación aplicable.

Asimismo, en 2012 deben arrancar los trabajos de construcción de unidades para la atención integral del consumo de sustancias psicoactivas en las 16 demarcaciones territoriales, para lo cual se debió haber determinado en 2011 el espacio físico donde se llevará a cabo dicha construcción.

Con la aprobación del referido dictamen se faculta a las delegaciones, a través de los Centros para la Atención integral del Consumo de Sustancias psicoactivas, proporcionar la atención medica primaria y el tratamiento oportuno a las personas con problemas de adicciones.