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DEBERÁN ESTABLECIMIENTOS Y ESCUELAS INFORMAR SOBRE CONTENIDO DE ALIMENTOS

DEBERÁN ESTABLECIMIENTOS Y ESCUELAS INFORMAR SOBRE CONTENIDO DE ALIMENTOS

29 de Octubre de 2013

Agua purificada gratuita e información del contenido calórico de menús, serán dos obligaciones que deberán cumplir todo tipo de establecimiento mercantil del Distrito Federal, explicó la diputada Ernestina Godoy Ramos.

Al presentar la iniciativa de reformas a las leyes de Salud y de Establecimientos Mercantiles, la legisladora señaló que se busca establecer mecanismos viables e integrales para combatir las enfermedades del sobrepeso y obesidad, que ya afecta a siete de cada diez capitalinos y a cuatro de cada diez infantes de acuerdo a información de la Secretaría de Salud del DF.

Incluso comentó que los menores de edad con más problemas de sobrepeso u obesidad son de las delegaciones de Azcapotazalco, Iztacalco, Coyoacán, Miguel Hidalgo, Benito Juárez y Cuauhtémoc.

Por ello, la presidenta de la Comisión de Desarrollo Social de la ALDF indicó que se plantea obligar a todo tipo de establecimiento mercantil, ya sea de impacto zonal, vecinal y de bajo impacto, a informar del contenido calórico y brindar agua purificada de forma gratuita a consumidores de alimentos.

Detalló que los establecimientos de impacto zonal son todos aquellos donde su principal actividad es la venta de bebidas alcohólicas, apuestas y sorteos; los de impacto vecinal: salones de fiesta, restaurantes, establecimientos de hospedaje, teatros, auditorios, salas de cine, clubes privados; y los de bajo impacto: de hospedaje prestados por hospitales, clínicas médicas, asilos, conventos, internados, seminarios y de educación preescolar, jardín de niños, básica, bachillerato, técnica y superior, entre otros.

La legisladora sostuvo que independientemente del establecimiento mercantil del que se trate, únicamente se permitirán las promociones dirigidas al público infantil cuando contengan alimentos nutricionalmente saludables a juicio de la Secretaría de Salud.

Cabe mencionar, aclaró, que tanto en los menús para infantes como en cualquier otro, la dependencia del gobierno central proporcionará a los titulares de los establecimientos mercantiles, la información necesaria sobre el contenido calórico y nutricional de los alimentos.

Por ejemplo, deberán informar que una lata de Coca-cola contiene 12 cucharadas de azúcar; un Jumex es igual a 100 calorías; un Gerber a 92 calorías; una taza de pasta cocida, 170 calorías; una torta de milanesa con quesillo, 620 calorías; un refresco, 144 calorías; cuando el cuerpo humano requiere consumir de mil 500 a 2 mil calorías diarias sin activación física.

Por ello, explicó que con estas medidas legales se busca combatir las malos hábitos, el consumo de grasas, alimentos con alto nivel calórico, la comida chatarra, y a su vez generar una cultura pro alimentos sanos, nutritivos y de bienestar para la salud.

La iniciativa fue firmada por los diputados Rubén Escamilla Salinas, presidente de la Comisión de Abasto y Distribución de Alimentos, y Rodolfo Ondarza Rovira, presidente de la Comisión de Salud; la cual fue turnada a las comisiones de Salud y Asistencia Social y de Administración Pública Local.