DEJAN EN INDEFENSIÓN A MERCADOS PÚBLICOS
25 de Junio de 2013
El Presidente de la Comisión de Abasto y Distribución de Alimentos de la ALDF, Rubén Escamilla Salinas, lamentó la decisión de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de invalidar la Norma 29 en materia de mercados públicos en la ciudad de México, misma que regulaba la instalación de tiendas de autoservicio y tiendas de conveniencia en la cercanía de mercados públicos.
Tal decisión sólo beneficiará a un monopolio integrado en su conjunto por las grandes cadenas de tiendas de autoservicio que ejercen una competencia desleal contra los centros de abasto popular y las tiendas de abarrotes, mismas que actualmente siguen ofreciendo los precios más accesibles a los habitantes de menores recursos.
"Los ministros de la SCJN propiciaran la concentración de alimentos en toda la ciudad en unas cuantas empresas, lo que a su vez creará un monopolio en el sector de abasto de la capital", añadió el legislador integrante de la fracción del PRD en la ALDF.
Por lo anterior instó al Gobierno del Distrito Federal, a la Secretaria de Desarrollo Económico así como a las 16 jefaturas delegacionales a presentar las alternativas para la modernización de los mercados públicos y que estos puedan ser competitivos en materia de horarios, venta de productos, seguridad para los usuarios y comerciantes, limpieza y sobre todo mejores precios.
Cabe recordar que el Presidente de la Comisión de Abasto y Distribución de Alimentos ha dado a conocer los proyectos para que algunos mercados públicos cierren sus puertas a las 9 de la noche, así como también que ofrezcan la opción de pago con tarjeta, y de esta manera abran a su clientela nuevas opciones de compra.
No obstante que el ministro de la SCJN, Alberto Gelacio Pérez Dayán argumentó que dicha norma va en contra del artículo 28 Constitucional transgrediendo la libre concurrencia y competencia, hay que enfatizar ue dicho artículo señala claramente que no se pueden tener monopolios en México.
En su párrafo segundo versa dicho artículo: “…la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesarios y que tenga por objeto obtener el alza de los precios”.