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DIPUTADOS MEJORAN NORMATIVIDAD EN ALDF



10 de Abril de 2012

Boletín # 183

 Inscribirán en letras de oro el nombre de la Benemérita Escuela Nacional de Maestros


Con la finalidad de mejorar el trabajo legislativo, la Comisión de Normatividad Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias aprobó diversos cambios a la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; reformó el Reglamento para el Gobierno Interior para regular el cabildeo; aprobó que los dictámenes sean redactados con perspectiva de género y la inscripción con letras de oro de la Benemérita Escuela Nacional de Maestros.

El Pleno aprobó inscribir con letras de oro en el Muro de honor del Recinto Legislativo de este órgano legislativo el nombre de la Benemérita Escuela Nacional de Maestros.

Respecto de los cambios para mejorar la labor legislativa se cuentan las reformas a la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como incluir la orden del día de las sesiones del Pleno en la página de Internet de la Asamblea, a más tardar 21 horas antes de su inicio, y los requisitos curriculares que deben cumplir quienes deseen ser secretarios técnicos de comisiones.

Se añadieron facultades al presidente de la Mesa Directiva, como la de convocar a las sesiones del Pleno y programar el desarrollo general de las sesiones consultando con la Comisión de Gobierno.

La orden del día deberá publicarse en la página de lnternet de la Asamblea a más tardar 21 horas previas a la sesión. Para la discusión de cualquier dictamen, éste debió de haberse repartido en copias de manera física y correo electrónico a todos los miembros del Pleno con una anticipación mínima de 48 horas a la sesión en que habrá de discutirse.

Sobre los requisitos que deben cubrir los secretarios técnicos de cualquier comisión, están contar con cédula profesional; título profesional en áreas de derecho, administración pública o áreas afines a las funciones de la comisión; contar con experiencia mínima de dos años en materia legislativa. En caso de no contar con los requisitos deberán cursar previo a su nombramiento una certificación cuyo programa, duración e impartición sean determinados por la Comisión de Gobierno.
De igual manera se aprobó que los dictámenes sean elaborados con perspectiva de género y estén redactados con un lenguaje claro, preciso, incluyente y no sexista.
Para evitar el rezago legislativo derivado de la falta de quórum de los legisladores, se añadió al Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea que para justificar una falta por enfermedad o cualquier otra razón relacionada con la salud del diputado o sus familiares, se deberá presentar el oficio de justificación y copia del documento que acredite su falta, así como la receta médica que contenga nombre, firma y número de cédula profesional del médico que la emita.

Se entiende por relación familiar matrimonio o concubinato con el diputado o diputada de que se trate o cuyo parentesco sea por consanguinidad o por afinidad; en ambos casos hasta el cuarto grado colateral o en línea recta sin límite de grado o civil.

En materia de regulación de cabildeo se agregó un título sexto al Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa en el que se establece que cabildeo es toda actividad que se haga ante cualquier servidor público de la Asamblea Legislativa, en lo individual y en su conjunto, para obtener una resolución o acuerdo favorable a los intereses propios o de terceros.

Dichas actividades se regirán por los principios de publicidad, transparencia, accesibilidad y participación; quienes deseen ejercer esa actividad deberán inscribirse en un registro público a cargo de la Comisión de Gobierno, para ello se emitirá una convocatoria que se publicará en dos diarios de circulación nacional.



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