ENDURECER CASTIGO A EMPLEADORES QUE DISCRIMINEN MUJERES EMBARAZADAS
26 de Noviembre de 2013
Las mujeres siguen siendo víctimas de discriminación laboral por su condición de embarazo o maternidad, y la problemática va en aumento, por ello el diputado del Grupo Parlamentario PAN en la Asamblea Legislativa del DF, Orlando Anaya González, presentó una iniciativa de reforma al Artículo 206 del Código Penal del Distrito Federal para duplicar las penas a empleadores que atenten contra la integridad física o emocional, el derecho y la libertad de las mujeres en esta condición.
Es una realidad que en México los derechos de las mujeres son violentados, tal es el caso de despido por embarazo, o bien la solicitudes que se hacen cuando una mujer acude a pedir empleo como una prueba de sangre, y muy desafortunadamente a espaldas de las mujeres, es decir, sin que ellas tengan conocimiento pleno se les practica una prueba de VIH o una prueba de embarazo, lo cual es ilegal y atenta contra sus derechos y se convierte en una causa para no darles el empleo, señaló Anaya González en conferencia de prensa.
Recordó que durante décadas, los derechos laborales de las mujeres han sido violados, y aún en el siglo 21 continúan enfrentándose a situaciones como despidos arbitrarios o someterse a pruebas de ingravidez como requisito para su contratación, actos que van en contra del derecho al trabajo y a la no discriminación.
Por ello, el integrante de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la ALDF, Anaya González, destacó que con la reforma al Artículo 206 del Código Penal, se establecen sanciones más severas a empleadores que incurran en esta práctica.
Se impondrán de cuatro a seis años de prisión o de 100 a 200 días de trabajo a favor de la comunidad y multa de 200 a 400 días de salario mínimo a quien presente, realice o tenga conductas discriminatorias, entiéndase por esto la negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de los derechos humanos de cualquier mujer en condición de embarazo, aseveró.
Destacó que si bien existen leyes que amparan a las empleadas, las mujeres embarazadas constituyen un grupo laboral altamente vulnerable que queda expuesto a la privación del trabajo, la disminución de su sueldo o la imposibilidad de encontrar una oportunidad laboral.
“La protección legal abarca los periodos de gestación o embarazo, parto, puerperio y lactancia. Por lo tanto, los patrones no pueden rechazar a una solicitante de un trabajo por estar embarazada, no promoverla o despedirla por este motivo. También es un acto discriminatorio que se le exija a una mujer someterse a exámenes de embarazo para poder aspirar a un empleo”, apuntó el diputado del GPPAN.
Según las estadísticas del Consejo Nacional para prevenir y Erradicar la Discriminación (Conapred), de 2001 a 2006 las denuncias por despidos por embarazo incrementaron un 106%; la Subprocuraduría de Atención a Mujeres resalta que el despido por embarazo es la principal causa de discriminación reportada. También se indica que el embarazo es la segunda causa de despido laboral en nuestro país.
En tanto, el Consejo para prevenir y eliminar la discriminación de la Ciudad de México (Copred), suma en lo que va del año 26 expedientes de quejas por presunta discriminación contra mujeres embarazadas en sus trabajos, concluyó el legislador del GPPAN.