Es fundamental priorizar la implementación de instrumentos de protección civil en unidades habitacionales, por encima de la recaudación de derechos
10 de Octubre de 2017
A fin de aminorar costos que afecten las finanzas de la ciudadanía y garantizar la existencia de instrumentos de prevención de contingencias, la diputada Elena Segura Trejo propuso reformas al artículo 258 del Código Fiscal de la CDMX, para eliminar el pago de derechos por la aprobación de los Programas Internos de Protección Civil que deben presentar los conjuntos y unidades habitacionales, así como las viviendas plurifamiliares, ante las delegaciones.
Al respecto, la legisladora local detalló que, de acuerdo con el artículo 89 de la Ley de Protección Civil para el Distrito Federal, los propietarios y poseedores de las viviendas plurifamiliares y los conjuntos habitacionales están obligados a implementar dicho Programa en los inmuebles a su cargo. Mientras que, en el caso de las unidades habitacionales, esta responsabilidad recae en los administradores.
En este marco, Segura Trejo explicó que el cobro por la aprobación del Programa Interno inició con la expedición del Código Fiscal de la Ciudad de México, en el 2010, como un pago por derechos prestados por la Secretaría en la materia, al tenor de 5 mil 204 pesos para el caso de conjuntos y unidades habitacionales, así como viviendas plurifamiliares. En 2015, estos derechos ascendieron a 6 mil 493 pesos.
Ante tal panorama, Elena Segura expuso que la medida se estableció sin razonamiento alguno y en detrimento de las finanzas de los condóminos. Toda vez que, en la tramitación ante la instancia competente, no existe actuación alguna de la autoridad que justifique su cobro, pues la única función que ésta desempeña es la revisión de la documentación presentada por la ciudadanía.
Documentación que, en algunos casos, deriva de la contratación de despachos de arquitectos o de gestoría, los cuales expiden la responsiva de un ‘tercer acreditado’, quien, de conformidad con la ley del Sistema de Protección Civil, debe ser una persona física o moral registrada y autorizada por la Secretaría en el rubro, para elaborar Programas Internos de Protección Civil.
Así, sólo se requerirá un cobro si, a petición los titulares, la unidad de protección civil de cada demarcación territorial o la propia Secretaría, en ejercicio de sus atribuciones, asesora, elabora y, por ende, autoriza el Programa. En este caso, el pago correspondiente será de 6 mil 493 pesos, para conjuntos y unidades habitacionales y viviendas plurifamiliares.
Respecto a las revalidaciones de los Programas, la iniciativa también propone que, cuando éste sea generado por las autoridades competentes, únicamente se cobre el equivalente al 30% de los derechos correspondientes por la realización y aprobación de dicho documento.
Finalmente, la presidenta de la Comisión Especial para el Estudio y Análisis de las Finanzas Públicas en la Asamblea Legislativa, Elena Segura Trejo, afirmó que las condiciones que enfrenta la Ciudad de México implican el fortalecimiento de un marco jurídico amplio y articulado, a través del cual se otorgue verdadera importancia a los Programas Internos de Protección Civil; ya que, actualmente, son considerados como un mero trámite administrativo y suelen omitirse, ante el impacto económico que genera el pago de derechos.
Por ello, subrayó la urgencia de fortalecer e incentivar instrumentos de prevención en materia de protección civil, a fin de salvaguardar la integridad física y patrimonial de más de 3.5 millones de condóminos, por encima de la recaudación de impuestos.
“De ahí la importancia de configurar a la protección civil como un servicio público, al cual tienen derecho los ciudadanos, y cuya responsabilidad de blindarla y regularla recae en los tres niveles de gobierno, con la colaboración de los particulares, así como de especialistas en la materia, reconocidos por las autoridades competentes como ‘terceros acreditados’”, concluyó la diputada local.