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ES NOCIVA PUBLICIDAD EXTERIOR LUMINOSA PARA ENTORNO URBANO

ES NOCIVA PUBLICIDAD EXTERIOR LUMINOSA PARA ENTORNO URBANO

22 de Abril de 2014

El incremento de los llamados anuncios de Proyección Óptica, Virtuales y de Pantalla Electrónica, además de la contaminación visual y del deterioro urbano, provoca efectos secundarios derivados de la iluminación nociva que causa molestias a inquilinos de casas habitación, así como la distracción de conductores que puede ocasionar accidentes automovilísticos.

Lo anterior lo manifestó el diputado local Alejandro Ojeda, quien propone no permitir el funcionamiento de esta publicidad externa durante el horario nocturno, es decir, de las 22 a las 6 horas del día siguiente.

Ello, puntualizó el asambleísta, con la finalidad de evitar dichas molestias debido a que la iluminación se proyecta al interior de casas habitación, oficinas y en otros casos se encuentran colocados la altura de los segundos pisos e incluso avenidas primarias, generando disminución visual y distracción en los conductores.

El legislador perredista expuso que la contaminación lumínica que ingresa a las viviendas también provoca, entre otros deterioros a la salud, alteraciones del sueño a sus habitantes.

Ante la problemática, el asambleísta promovió en el pleno de la ALDF la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el Artículo 5 BIS y la fracción IV al Artículo 89 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, para prohibir la función de los mencionados anuncios luminosos durante la noche.

En la exposición de motivos, se observa que en el Informe de actividades de la Comisión de Inventario y Reubicación del año 2012, las cifras muestran que el tema de los llamados anuncios espectaculares es de trascendencia en el Distrito Federal.

Mencionó que el informe menciona que existen 4 mil 419 inventariados, 3 mil 438 anuncios reconocidos por la Autoridad del Espacio Público y de estos mil 261 anuncios ordenados en corredores publicitarios.

Sin embargo, en materia de anuncios espectaculares, los llamados de Proyección Óptica, Virtuales y de Pantalla Electrónica, no se pudo obtener dato oficial sobre el número de este tipo de anuncios, aunque empresarios del ramo hablas de más de 500 anuncios luminosos.

El legislador del PRD dijo que no debe pasarse por alto que en el Reglamento de la Ley, se establece en su Artículo 4, que las pantallas electrónicas que se encuentran dirigidas hacia los automovilistas y peatones, no podrán exceder de 50 luxes.

No obstante, dijo que resulta complejo comprobar si estos anuncios se apegan o no a la normatividad, pero de acuerdo a información hecha pública, rebasan por mucho el límite señalado, por lo que consideró que debe mejorarse la norma para evitar las molestias a la población.