ESTACIONAMIENTO GRATUITO A CLIENTES DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES
21 de Diciembre de 2010
Los establecimientos mercantiles deberán proporcionar estacionamiento gratuito a sus clientes con comprobante de consumo, por un lapso de dos horas de estancia y darles tarifa preferencial después de ese tiempo.
De acuerdo a las modificaciones realizadas a la Ley de Establecimientos Mercantiles aprobadas por el Pleno de la Asamblea Legislativa, quedarán exentos del pago por este servicio quienes sean dueños de negocios con una superficie menor a 100 metros cuadrados, estén en inmuebles catalogados por el INAH, en calles peatonales y que por el certificado de uso de suelo por derechos adquiridos no estén obligados a contar con estos cajones.
José Luis Múñoz Soria, presidente de la Comisión de Administración Pública Local de la ALDF, explicó que entre las reformas, como parte de las modificaciones que presentó el Jefe de Gobierno del DF a la ALDF, a esta ley también resalta cambios en los horarios de cierre de establecimientos.
Los giros de impacto zonal tendrán horarios de servicio a partir de las 11:00 horas a las 3:00 horas del día siguiente y el horario de venta de bebidas alcohólicas será a partir de las 11:00 horas a las 2:30 horas.
De domingo a miércoles, el horario de funcionamiento y de venta de bebidas alcohólicas será de una hora menos al especificado con anterioridad.
Estos horarios podrán ampliarse dos horas más, siempre y cuando cumplan de manera permanente con las medidas de seguridad, aunque el legislador reconoció que se retiraron algunas obligaciones como los arcos detectores de metales y la presencia de un doctor permanente. “Podrá ser un paramédico que estará presente en el local de las 11:00 a las 05 horas”, especificó.
Para el caso de las tiendas de abarrotes y comestibles en general, podrán vender bebidas alcohólicas exclusivamente en envase cerrado y se prohíbe su consumo en el interior del establecimiento. Esta venta sólo podrá realizarse de las 7:00 a las 24:00 horas.