Exhaustiva revisión de facultades para crear leyes secundarias: Zárate
13 de Febrero de 2017
* La Constitución de la Ciudad de México establece aproximadamente 75 facultades a los futuros alcaldes, en las que confluyen normas federales y locales
* El marco normativo para realizar sus funciones deberá ser claro y puntual para facilitar su labor en beneficio de la ciudadanía
La Constitución de la Ciudad de México establece aproximadamente 75 facultades para los futuros alcaldes, quienes entrarán en funciones en 2018, algunas de las cuales serán exclusivas para ellos, otras se ejercerán de manera coordinada con la Jefatura de Gobierno y unas más implicarán la subordinación con instancias locales y hasta federales, manifestó el diputado Fernando Zárate Salgado.
Al participar, en la Mesa de Trabajo de Alcaldías de la ALDF, el legislador destacó que es indispensable revisar el marco legal vigente a fin de determinar si son necesarias reformas, adecuaciones o la creación de leyes específicas, que faciliten a estos nuevos servidores públicos el cumplimiento de sus funciones, para beneficio de la ciudadanía.
La Constitución les confiere responsabilidades en materia de obra pública y desarrollo urbano, servicios públicos, movilidad, vía pública, espacio público, seguridad ciudadana, desarrollo económico y social; educación, cultura y deporte; protección al medio ambiente, asuntos jurídicos, rendición de cuentas y participación social; reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, así como las de alcaldía digital.
En parte de estos rubros hay legislación federal de aplicación general, como la vinculada a protección civil, medio ambiente y rendición de cuentas, mientras que en materias como movilidad es necesaria la coordinación metropolitana, y en temas como obra pública, desarrollo urbano, servicios públicos y desarrollo económico y social, entre otros, tendrá facultades exclusivas.
A fin de evitar lagunas, traslapes y duplicidad de funciones es necesario realizar una revisión exhaustiva de la normatividad aplicable, expuso Fernando Zárate, pues es de suma importancia que este marco legal se establezca de manera clara para facilitar el trabajo eficiente de los alcaldes y sus estructuras administrativas, a fin de que la ciudadanía no enfrente inconvenientes en sus actividades habituales, una vez que entre plenamente en vigor la recientemente aprobada Constitución de la Ciudad de México.