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FACILITARÁN PAGO DEL PREDIAL EN MATERIA INMOBILIARIA

FACILITARÁN PAGO DEL PREDIAL EN MATERIA INMOBILIARIA

04 de Mayo de 2014

Con el objetivo de contribuir a las modificaciones fiscales que se han ido aprobando en fechas recientes para apoyar a la industria de la construcción la cual atraviesa por una crisis y a fin de facilitar el cobro del impuesto predial en las nuevas construcciones, el diputado del PAN en la ALDF, Héctor Saúl Téllez Hernández, destacó que en el periodo ordinario que concluyó la madrugada del 1º de mayo, el pleno aprobó reformar el artículo 132 del Código Fiscal del DF.

Como Presidente de la Comisión de Hacienda de la ALDF recordó que esta propuesta del diputado Jorge Gaviño fue aprobada en dicha comisión legislativa y posteriormente por el pleno, “con el objeto de facilitar el cobro del impuesto predial en las nuevas construcciones y desarrollos que no sólo se hacen por personas morales, si no por personas físicas que amplían o remodelan sus viviendas”.

Explicó que este proyecto nace ante la situación crítica por la que estápasando el sector de la construcción en la Ciudad de México y dijo que de acuerdo a datos proporcionados por la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción este sector ha decrecido en 2013 y lo que va del 2014 un 7 por ciento aproximadamente.

“Lo anterior puede verse reflejado en las recientes quiebras de las empresas constructoras de vivienda como por ejemplo el caso de Casas Geo, empresa que la semana pasada se declaró en concurso mercantil”, añadió.

Héctor Saúl Téllez, puntualizó en que el origen de esta crisis por la que pasa el sector de la construcción es profundo y debe de analizarse con cuidado, ya que esto es un reflejo de la mala situación económica que enfrentamos, del bajo crecimiento sostenido que ha presentado nuestra economía y de las falsas proyecciones de demanda de las constructoras.

Destacó que la reforma obedece a la necesidad de adecuar el procedimiento contenido en el artículo 132 del citado Código Fiscal, a efecto de llevar a cabo un cálculo con datos reales de la construcción, por lo que se determinó adicionar cuatro párrafos al ordenamiento jurídico para otorgar certeza jurídica a los contribuyentes en el pago del impuesto predial tratándose de inmuebles en proceso de construcción, en la que ésta se lleve a cabo por fases o etapas, torres o subcondominios.

Finalmente Héctor Saúl Téllez aseguró que la reforma al artículo 132 otorga certeza jurídica tanto al contribuyente como a la autoridad fiscal, respecto de la base gravable con la cual se debe de calcular el impuesto predial, para los inmuebles en proceso de construcción.