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FIJAN CUOTAS POR SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS MASIVOS

FIJAN  CUOTAS POR SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS MASIVOS

26 de Abril de 2012

Las reformas y adiciones al Código Fiscal del Distrito Federal 2012 establecen las cuotas que la Secretaría de Seguridad Pública aplicará por los servicios que preste en espectáculos públicos masivos celebrados por particulares y que afecten las funciones de control, supervisión y regulación de tránsito de personas y vehículos en la vía pública.

De acuerdo con el dictamen de la Secretaría de Hacienda, aprobado por el Pleno, por cada elemento de seguridad la cuota será de 530 pesos; por patrulla, 539; por grúas 809 y por motocicleta 269.50 pesos.

Aclara que el número de elementos de seguridad y vehículos necesarios se determinará de acuerdo al aforo de personas. Es así que de 2 mil 500 a 6 mil 500 se requerirán 22 elementos, una patrulla y una grúa; de 22 mil 501 a 32 mil 500 360 elementos, 20 patrullas, cuatro grúas y cuatro motocicletas; y si es de 42 mil en adelante se necesitarán mil 100 elementos, 25 patrullas, nueve grúas y seos motocicletas.

En otras reformas aprobadas se fortalece el derecho a la información al reducir el costo de la copia fotostática simple de un peso con 50 centavos a 50 centavos. Por copia certificada a una sola cara dos pesos; la versión pública a una cara, un peso y por copia simple o fotostática, a una cara, también un peso.

Señala también que las autoridades fiscales están obligadas a devolver las cantidades pagadas indebidamente, a través de una solicitud de devolución, por lo que ahora la devolución o el certificado de devolución expedido por la autoridad se podrá utilizar para cubrir cualquier contribución o aprovechamiento.

De esta manera, los contribuyentes podrán optar por compensar las cantidades que tengan en favor o en contra, ya sea derivado de una misma contribución, un mismo aprovechamiento o de contribuciones y aprovechamientos distintos, siempre que se concentren en la Tesorería.

Por otra parte, se condona el pago de suministro de agua de uso doméstico y mixto a 11 colonias de Iztapalapa que la reciben de manera irregular o por tandeo y se incluyen al pago de cuota fija ocho colonias de la delegación Álvaro Obregón, 11 de Gustavo A. Madero, 7 de Iztapalapa, 4 de Magdalena Contreras, dos de la delegación Tláhuac, 15 de Tlalpan y 9 de Xochimilco.