FORTALECEN SEGURIDAD JURÍDICA DE INSTRUMENTOS NOTARIALES
26 de Abril de 2012
El Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó un paquete de diversas reformas a los códigos Penal, Civil, de Procedimientos Civiles, Fiscal y otras normas que regulan la procuración de justicia en el Distrito Federal.
Entre las reformas presentadas por la Comisión de Administración y Procuración y Justicia, está la que conjuntamente con la Comisión de Notariado modifica el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal que plantean que de las ocho formas de testamento que hoy en día existen, solo prevalecerá el Testamento Público Abierto.
El diputado Julio César Moreno Rivera, presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, aclaró que con la derogación de las demás formas para otorgar testamento se garantiza la armonía que demanda el conjunto de ordenamientos relacionados con la materia, debido a que el resto de las formas por las que se otorgan los testamentos resultan obsoletas y se encuentran en franco desuso en el Distrito Federal.
También fue aprobado el dictamen que reforma el Código Civil para el Distrito Federal que establece la obligación del uso de la tecnología y de la informática, a fin de mejorar el servicio, así como agilizar y fortalecer los archivos o para la restitución frente a la destrucción parcial o total de documentos.
Además, se incorpora por primera vez el Registro Nacional de Testamentos y de Avisos, el Registro Nacional de Avisos de Poderes Notariales, para evitar duplicidad o falsedad de documentos; igualmente se establecen mejores mecanismos de supervisión para inspeccionar y sancionar a los notarios que no cumplan con su cometido.
Las reformas buscan fortalecer la seguridad jurídica de los instrumentos notariales, transparentar la función notarial y el acceso al ciudadano, avalar y controlar los programas sociales que el Gobierno del Distrito Federal y el Colegio de Notarios han puesto en práctica para apoyar las sucesiones y la escrituración de las familias o de los ciudadanos en condiciones más vulnerables económica y socialmente, así como el Programa de Testamentos de Adulto Mayor y Universales, además de mejorar y fortalecer las informaciones, la supervisión y la vigilancia de las autoridades para el mejor desempeño de la función notarial.
Asimismo se aprobó la expedición de la Ley del Notariado para el Distrito Federal, derivado del reconocimiento de la labor que ha venido desempeñando el notariado de la Ciudad de México, lo que obliga a perfeccionar el marco normativo que regula su actuación, a partir de la premisa de que deben permanecer las disposiciones que han permitido una interacción eficaz con el Gobierno de la ciudad y con los usuarios de los servicios notariales, y de que es necesaria la creación de normas que salvaguarden las funciones que naturalmente corresponden a la autoridad y aquellas que garanticen mayor certidumbre y ejercicio de los derechos de dichos usuarios.
Ante la pérdida de valores como el respeto a la autoridad y derivado del caso de las llamadas “Ladies de Polanco”, quienes agredieron a dos uniformados que intentaron detenerlas por estar en evidente estado de ebriedad, se reformó el Código Penal del Distrito Federal para imponer una sanción de tres a cinco años de prisión y multa de 100 a 500 días de salario mínimo a la persona que ofenda, agreda e insulte al servidor público en ejercicio de sus funciones.
De la misma forma y producto de las controversias que se generan con motivo de los defectos o vicios ocultos, principalmente, en la adquisición de vivienda, situación que pone en riesgo el patrimonio recién adquirido, se aprobaron reformas al Código Civil para el Distrito Federal.
La modificación incluye un año a partir de la fecha de entrega del bien para hacer exigible este recurso, con lo que se brinda mayor seguridad al patrimonio y se evita ser sorprendidos por personas que actúan de mala fe.
Al reformar la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, señala que su magistrado presidente sólo podrá reelegirse por un periodo. De esta manera, se homologa con la del Tribunal Superior de Justicia.
Otro requisito es que el aspirante a Magistrado no deberá haberse desempeñado como servidor público en algún órgano administrativo del Distrito Federal, por lo menos un año previo al día de su nombramiento.
Para reforzar los aspectos de dirección, organización y funcionamiento en los servicios del Tribunal de lo Contencioso se incluye la figura del Director Administrativo y se instituye que la Sala Superior cuente con Secretarios de Estudio y Cuenta.
En la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Distrito Federal se establece que cuando se trata de dos o más penas de prisión impuestas en sentencias diferentes, éstas se cumplirán de manera sucesiva, sin que la suma de ellas sea mayor de 70 años.
En el supuesto de imposición de la pena prisión, emanada de hechos conexos, similares, o derivados uno del otro, se deberá computar dicha pena desde el momento en que se detuvo al sujeto, por el delito inicial.
Se reformó también la Ley que Regula el Uso de la Tecnología para la Seguridad Pública del Distrito Federal, con lo que se prohíbe la colocación de cualquier tipo de propaganda, lona, manta, cartel, espectacular, estructura o cualquier tipo de objeto que obstaculice e impida que las cámaras de video-vigilancia puedan desarrollar sus funciones. Los equipos y sistemas tecnológicos instalados al amparo de la presente ley, no podrán ser retirados bajo ninguna circunstancia.
Igualmente se dio el visto bueno a reformas de diversas disposiciones del Código Fiscal del Distrito Federal; de las Leyes del Procedimiento Administrativo y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, ambas del Distrito Federal, para que en el caso de que declare la nulidad de multas de tránsito, se restituya el monto erogado por este concepto y los daños y perjuicios que acredite en un término de 60 días hábiles posteriores a la resolución, entre otras modificaciones.
Asimismo fueron modificadas diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal con lo cual se establece que las formas del Registro Civil y la información asentada serán extendidas en idioma español, salvo en aquellos casos en que sea requerida en la lengua indígena del solicitante, las cuales serán emitidas con el auxilio del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.
Se modificaron diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal, para la protección de los adultos mayores, como medio para resolver los conflictos entre los adultos mayores y sus familiares. Asimismo, se entenderá que una persona está obligada a cuidar a una persona incapaz de valerse por sí misma cuando ejerza la patria potestad, tutela o sea acreedor alimentario en términos del Código Civil para el Distrito Federal y se establece que cuando se lesionen a un mayor de 65 años, la pena se incrementará con dos terceras partes de la sanción prevista.