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IGUALAR CARGOS DE REPRESENTANES DE PUEBLOS ORIGINARIOS

IGUALAR CARGOS DE REPRESENTANES DE PUEBLOS ORIGINARIOS

03 de Agosto de 2011

Con la finalidad de que exista un contacto más cercano entre las delegaciones y los representantes de los pueblos originarios, la Diputación Permanente exhortó a los jefes delegacionales de Milpa Alta, Tlalpan y Xochimilco, homologar a los coordinadores de enlace territorial o subdelegados de los pueblos originarios, como Jefes de Unidad Departamental (JUD) dentro de la estructura orgánica delegacional correspondiente, tal y como existe en la delegación Tláhuac.

El punto de acuerdo presentado por los diputados Carlos Augusto Morales y Horacio Martínez Meza, plantea que una vez homologado ese nombramiento, solicita a los delegados a que emitan un acuerdo delegatorio para establecer las obligaciones y atribuciones de los jefes de unidad departamental y asignar al menos dos líderes coordinadores del proyecto, con el objetivo de acercar los trámites y servicios públicos delegacionales a los habitantes de los pueblos originarios en esas demarcaciones.

Además, para que el mecanismo de desconcentración administrativa delegacional se emprenda de forma integral, se solicita a las delegaciones dotar de mobiliario, infraestructura, vehículos y los insumos necesarios para el buen desarrollo de sus funciones de cada uno de los 40 pueblos originarios.

De existir algún inconveniente o contrariedad, se solicita a los jefes delegacionales de Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco, hagan llegar a la Asamblea Legislativa, las causas y motivos para considerar la improcedencia de la propuesta.

Los promoventes del punto de acuerdo señalan que es una manera de atender las necesidades inmediatas de la población y que esté cerca de sus autoridades delegacionales, como parte del espíritu de la nueva Ley de Participación Ciudadana que establece y fomenta la participación social y una representación que atienda los problemas compartidos de los vecinos.

De igual manera se pretende que las delegaciones tengan la posibilidad de desconcentrar funciones administrativas con miras a reproducir sus programas de gobierno y servicios públicos en los pueblos indígenas de su demarcación, de forma periódica y con resultados tangibles.